Trabajo

Suspensión temporal de contratos laborales solo se puede aplicar con aval del Ministerio, advierte Trabajo

Patronos deben tramitar autorización para paralizar actividad y dejar de pagar salarios; trabajadores quedarían de laborar. Cinco empresas de comercio y servicios plantearon petición ante golpe económico por covid-19

29/05/2019. San José. Edificio del MInisterio de Trabajo. Foto: Albert Marín.
29/05/2019. San José. Edificio del MInisterio de Trabajo. Foto: Albert Marín. Albert Marín.
Ministerio de Trabajo. Empresas que justifiquen paro de operaciones por emergencia nacional pueden solicitar la suspensión temporal de contratos laborales ante la Inspección del Trabajo, del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (CCSS). Fotografía: Albert Marín. (Albert Marín.)

La suspensión de los contratos laborales no se puede aplicar de forma arbitraria, sino que debe seguir un proceso ante la Dirección de Inspección del Trabajo, del Ministerio de Trabajo, para conseguir la autorización.

Así lo advirtió este miércoles la ministra del ramo, Geannina Dinarte, mediante un comunicado.

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