La Compañía Nacional de Fuerza y Luz (CNFL) y sus trabajadores tienen más de cinco años de negociar la convención colectiva, sin que haya hasta el momento ninguna actualización al acuerdo laboral. Entre los artículos que contiene este instrumento se encuentra uno por medio del cual los empleados reciben 20 años de cesantía al momento de jubilarse.
La Dirección de Asuntos Laborales del Ministerio de Trabajo confirmó que la compañía denunció el convenio el 27 de julio del 2017 y, en agosto del mismo año, se integró la comisión negociadora con representantes de la empresa y el Sindicato Industrial de Trabajadores Eléctricos y de Telecomunicaciones (Sitet).
Sin embargo, desde ese momento y hasta diciembre del 2022, no hay ningún trámite respecto a esta convención colectiva, según la certificación DAL-DRT-OF-476 -2022 hecha a petición de la Sala IV, y de la cual tiene copia La Nación.
Entre los artículos cuestionados que la comisión negociadora debe definir está el número 100, que reconoce hasta 20 años de pago de cesantía a las personas que se jubilan por vejez o invalidez en la empresa eléctrica estatal.
Mientras se desarrollen las negociaciones de la convención se mantiene vigente el texto que fue denunciado, es decir, el que incluye el reconocimiento de más de 12 años de prestaciones legales, cantidad que fue considerada por la Sala IV como el tope para el sector público.
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En diciembre pasado, la Contraloría General de la República cuestionó la inacción de la CNFL por no acudir a la Sala Constitucional a pedir la anulación de una norma improcedente.
“Tampoco se ha renegociado la norma convencional, pese a que esta fue denunciada desde hace más de cinco años. Dada la relevancia e impacto del tema, la Contraloría General interpondrá la acción judicial correspondiente”, detalló la entidad, en su informe DFOE-SOS-IF-00012-2022, del 14 de diciembre anterior.
Juan Manuel Casasola, director de Administración y Finanzas de la CNFL, dijo a este diario que esperan que la negociación de la convención colectiva finalice este mes de marzo.
Además, confirmó que el artículo 100 fue denunciado para ajustarlo a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional e informó de que a la fecha este sigue vigente y en aplicación.
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En el 2020, los magistrados de la Sala Constitucional anularon el artículo 99 de la convención de la CNFL que reconocía 20 años de prestaciones legales por renuncia del trabajador, pero no el artículo 100 que es cuando se da por jubilación.
Por tal razón, el 17 de febrero del 2021, la Junta de Relaciones Laborales de la compañía pública decidió revivir el pago de prestaciones legales de 12 años a 20 años, tal como lo informó La Nación, en setiembre del año pasado.
El acuerdo se hizo pese a que la Sala IV y la Procuraduría General de la República (PGR) advirtieron a la CNFL de que el tope de cesantía en el sector público es de 12 años.
La consecuencia de la decisión fue que la empresa pública casi triplicó, durante el año pasado, el gasto en cesantía por la combinación de revivir las prestaciones legales por 20 años en su convención y por el incremento en la cantidad de empleados que adelantaron su pensión a raíz de la reforma al régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) que empezará a regir el próximo 11 de enero del 2024.
Ambas situaciones provocaron que, en el 2022, los egresos en pago de prestaciones legales de la CNFL fueran de ¢3.027 millones, un crecimiento del 170% respecto a los ¢1.122 millones cancelados en el 2021.
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Bajo análisis constitucional
Actualmente, la Sala IV tiene bajo estudio tres acciones de inconstitucionalidad contra el artículo 100 de la convención colectiva de la CNFL. En los tres casos se argumenta que el beneficio otorgado a los empleados es irracional y desproporcionado.
“La norma cuestionada contempla privilegios odiosos que menoscaban los fondos públicos. La Sala Constitucional ha indicado que el otorgamiento de beneficios laborales debe darse con fundamentos razonables, con exigencias de legitimidad, idoneidad, necesidad y proporcionalidad (...). Claramente, el contenido de la disposición impugnada no respeta tales parámetros”, se indica en una de las acciones a las cuales se le dio curso el pasado 1. ° de marzo.
Sobre este tema, José Mario Jara, gerente general de la CNFL, solicitó al presidente de la Sala IV, Fernando Castillo, una resolución pronta de las acciones de inconstitucionalidad.
“Esta norma no ha sido declarada inconstitucional y prevé el pago de 20 salarios por cesantía, a quien labore por más de 20 años continuos en la CNFL, contraviniendo Io ya antes resuelto por ese honorable Tribunal en diferentes votos”, se indica en el oficio 2001-0201-2023, del pasado 21 de febrero.
Jara se mostró anuente a ampliar y exponer el criterio de la Compañía sobre el artículo cuestionado.