Este miércoles comenzará a regir la modificación de la ley de reducciones de jornadas en empresas afectadas por la pandemia de coronavirus, que permite la ampliación de la medida laboral por tres meses más.
Debido a “la imperiosa necesidad de proteger el empleo”, el presidente de la República, Carlos Alvarado, firmó la modificación a la Ley 9.832 la noche de este martes, después de que fuera aprobada en el Congreso.
Los patronos podrán solicitar la nueva prórroga cuando la legislación sea publicada en el diario oficial La Gaceta, lo cual, según Presidencia, sucedería este mismo miércoles.
“Procuramos evitar que las empresas que todavía son afectadas por la emergencia nacional cesen a sus trabajadores y así lograr que, al final del plazo, todos conserven sus empleos”, manifestó el mandatario.
Los diputados modificaron la legislación laboral aprobada en marzo pasado, cuando se confirmó el primer caso de coronavirus en el país y los negocios no esenciales tuvieron que cerrar por el confinamiento.
Originalmente, esa ley establecía que los patronos podían reducir en hasta un 75% la jornada y salario de sus trabajadores, durante tres meses por dos periodos iguales prorrogables —nueve meses en total—, si demostraban una afectación económica producto de la emergencia sanitaria.
Ahora se añadió una nueva prórroga de tres meses, lo que podría ocasionar que los trabajadores mantengan la afectación a su salario durante 12 meses en total, desde la aplicación inicial.
El proyecto presentado por el Partido Unidad Social Cristiana (PUSC) pretendía extender las reducciones por hasta seis meses más. No obstante, los legisladores acordaron con el Gobierno un único periodo adicional de tres meses.
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“El texto que consensuamos para la modificación de la Ley de Reducciones de Jornadas Laborales y que ha sido aprobado en segundo debate por los diputados de la Asamblea Legislativa, destaca por la importancia de proteger el empleo, preservando los puestos de trabajo para facilitar una reactivación económica con pleno empleo”, afirmó la nueva ministra de Trabajo, Silvia Lara.
De acuerdo con la jerarca, solo aprobarán solicitudes de extensión de reducciones de jornadas a aquellos patronos cuando se cumplan los requisitos, cuando los empleadores no hayan abusado de las medidas laborales, y cuando demuestren que las condiciones actuales siguen afectando a la empresa.
Marco Arias, abogado laboralista de la firma BDS Asesores, explicó que la legislación también incorpora algunas prohibiciones a los patronos que aplican esta medida laboral.
“Esta nueva ley, recientemente aprobada, permite a los patronos realizar una nueva solicitud de prórroga por un plazo adicional y final, una vez agotadas las dos prórrogas que la ley previamente establecía.
“Sin embargo, hay algunos puntos que deben tomarse en cuenta. La ley señala que los patronos no pueden solicitar a sus trabajadores actuales laborar horas extra, sino que deberán reincorporar al 100% de su jornada, a aquellos trabajadores que se encuentren con jornada reducida.
“Adicionalmente, este proyecto establece que es prohibido implementar horarios de trabajo fraccionados durante el periodo de prórroga, sin especificar a qué se refiere con horarios fraccionados”, señaló el especialista.
Las reducciones de jornadas han afectado a unos 160.000 trabajadores y sus familias desde marzo pasado.
Los patronos que acrediten una baja de ingresos de al menos 20%, pueden reducir hasta un 50% la jornada y salario de sus empleados.
Entretanto, esa reducción puede ser de hasta un 75% del horario y remuneración del trabajador, en caso de que la caída de ingresos alcance el 60%.
La posibilidad de suspender el contrato de trabajadores, regulada en el Código de Trabajo, permanecerá vigente durante toda la declaratoria nacional de emergencia.