El principio de razonabilidad y el respeto a la legislación deben ser el marco para que los jerarcas de instituciones públicas negocien convenciones colectivas con sus trabajadores.
Este es el criterio del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) para el cual, estos acuerdos no deben ser eliminados del ordenamiento jurídico, pero sí regulados.
“Los jerarcas que negocian una convención colectiva, deben tener siempre presente el marco de legalidad que cubre sus respectivas instituciones, para negociar dentro de este, aplicando el principio de razonabilidad”, advirtió la entidad, encargada de revisar los acuerdos entre trabajadores y patronos.
Su pronunciamiento atiende señalamientos de la Procuraduría General de la República, la Sala Segunda y la Sala Constitucional.
En esa dirección, la Comisión de Gobierno y Administración de la Asamblea Legislativa, acordó introducir en el proyecto de Ley Marco de Empleo Público, regulaciones para que se prohíba en estas negociaciones incluir incrementos salariales, nuevos pluses y la creación de plazas, así como otros elementos que afecten el Presupuesto Nacional o de las mismas organizaciones.
Las futuras convenciones así como deben apegarse a la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas o reforma fiscal, aprobada en diciembre de 2018, también deberán dar cumplimiento a la ley de empleo público, de ser aprobada.
Homologación
Es el Ministerio de Trabajo el que justamente debe verificar que los convenios pactados en las instituciones públicas se apeguen a la ley, de lo contrario, no avala su implementación.
“El proceso de homologación de una convención colectiva es la revisión que realiza el Departamento de Relaciones de Trabajo del MTSS de las convenciones colectivas firmadas por las partes.
“La revisión consiste en un análisis de los requisitos de forma y de fondo del instrumento. Se verifica que lo negociado no contraríe lo dispuesto por la normativa laboral y otras leyes de orden público”, señaló el Ministerio.
En caso de que ese órgano detecte cláusulas que vayan en contra de la legislación vigente, se previene a las partes para que solventen el problema. Una vez finalizado dicho proceso, el acuerdo entra en vigencia.
En la actualidad, nueve entidades se encuentran en algún punto procesal de homologación de sus convenciones ante el Ministerio de Trabajo.
Estas son: Instituto Nacional de Seguros (INS), Junta Administrativa del Servicio Eléctrico de Cartago (Jasec), Banco Central de Costa Rica (BCCR), Instituto Nacional de Desarrollo Rural (Inder), Instituto Nacional de las Mujeres (Inamu), Bomberos de Costa Rica, Banco Nacional de Costa Rica (BNCR), Ministerio de Educación Pública (MEP) y la Refinadora Costarricense de Petróleo (Recope).
Precisamente, Trabajo solicitó al MEP ajustar 34 de 86 artículos de su nuevo pacto laboral. Esos cambios implicaron desistir de la creación de dos pluses, que incumplían la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, y modificar dos cláusulas por apartarse de los principios de razonabilidad y proporcionalidad.
El Ministerio de Educación entregó un nuevo texto con las correcciones.
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De acuerdo con información del MTSS, las convenciones colectivas negociadas con sindicatos de trabajadores del INS, BCCR y BN, están bajo prevención, en este momento, precisamente, porque algunos de sus beneficios pueden ser contrarios a lo regulado por la reforma fiscal.
Trabajo recordó que, por ninguna razón, una institución pública o empresa estatal puede decidir, unilateralmente, romper el acuerdo vigente.
“Una convención colectiva suscrita entre las partes y homologada por el MTSS se convierte en ley entre las partes. Esto quiere decir que ninguna de ellas podría desaplicar la convención colectiva de manera unilateral. En caso de que alguna de las partes deje de aplicarla, podría exigirse en la vía judicial su cumplimiento, de acuerdo con el artículo 712 del Código de Trabajo”, señaló el Ministerio.
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Además, en caso de que la convención colectiva no sea denunciada por la administración al menos un mes antes de su vencimiento, esta se renovará por un plazo igual al acordado, sin posibilidad de renegociarla, a menos de que las dos partes se pongan de acuerdo para hacerlo.
Esa es una de las razones por las cuales, una entidad como la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (Japdeva), sumida en crisis, debe negociar su nueva convención colectiva, en un intento por disminuir su peso.
De lo contrario, tendría que seguir pagando los mismos beneficios contemplados en la convención colectiva vigente.
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Una entidad que dejó pasar esa oportunidad de reducir el costo del acuerdo obrero patronal fue, precisamente, la Universidad Nacional (UNA), que no denunció el convenio en 2020.
Hay una lista de 12 instituciones públicas que denunciaron su convenio laboral y deben renegociarlo.
Estas son: Japdeva, Sistema Nacional de Radio y Televisión (Sinart), Banco Popular y de Desarrollo Comunal (BP), Instituto Nacional de Aprendizaje (INA), Consejo Nacional de Producción (CNP), Registro Nacional, Banco de Costa Rica (BCR), Compañía Nacional de Fuerza y Luz (CNFL), Correos de Costa Rica, Junta de Protección Social (JPS), Instituto Nacional de Fomento Cooperativo (Infocoop) y el mismo Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS).