Una trabajadora de 64 años logró que el Ministerio de Hacienda fuera obligado a realizar los depósitos correspondientes a sus cuotas obrero-patronales del Régimen de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional, que necesita para poder pensionarse.
La Sala Constitucional declaró con lugar el amparo que la afectada interpuso contra Hacienda, pues desde 2019 ha solicitado sin éxito el pago de esas cuotas al régimen de Invalidez, Vejez y Muerte de la Caja Costarricense de Seguro Social.
Los magistrados confirmaron que se habían vulnerado los derechos de la ciudadana y, como resultado, se le ordenó a Hacienda efectuar la entrega de las cuotas pendientes en el plazo de un mes.
Así consta en el voto Nº 2023-027594, emitido el pasado 26 de octubre. La sentencia aún se encuentra en redacción.
Asimismo, la Sala IV determinó que el Estado deberá asumir los costos, así como los daños y perjuicios ocasionados como consecuencia de los hechos que llevaron a la emisión del fallo.
La recurrente argumentó que desde el 26 de julio de 2019 solicitó al Ministerio de Hacienda la transferencia al Régimen del IVM de las cuotas obrero-patronales que había aportado al Régimen de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional entre julio de 1983 y agosto de 1984.
Su solicitud tenía como propósito acogerse a la pensión anticipada, antes de que entrara en vigor la reforma al régimen de IVM, el 11 de enero próximo, la cual resultará en una reducción del monto de las jubilaciones futuras en un rango que varía del 3% al 12%, afectando a una población estimada de 1,5 millones de trabajadores.
Aquellos trabajadores que logren jubilarse antes del 11 de enero conservarán las condiciones actuales, las cuales son más favorables en lo que respecta al cálculo del monto mensual del beneficio y la edad de jubilación.
Desde setiembre de 2019
La trabajadora informó a la Sala IV de que, mediante la resolución No.1451-2019 emitida el 13 de septiembre de 2019, el Ministerio de Hacienda había aprobado su solicitud de transferencia de las cuotas obrero-patronales.
No obstante, la Caja solicitó a Hacienda que los montos se depositaran a valor presente en lugar de valor nominal. La afectada señaló que, transcurridos cuatro años desde dicha petición, los depósitos correspondientes aún no se habían transferido.
Cabe destacar que su recurso de amparo fue presentado unas pocas semanas antes de la fecha límite para realizar trámites de jubilación anticipada en el régimen de IVM, bajo la normativa actual.
La Sala IV emitió un fallo favorable al recurso y ordenó a Luis Antonio Molina Chacón, viceministro de Egresos, emitir las instrucciones pertinentes para que se efectúe la transferencia de las cuotas correspondientes desde el Régimen de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional al régimen del IVM en beneficio de la recurrente.