La Sala Constitucional resolvió por mayoría amparar a tres periodistas que denunciaron violaciones a su derecho a la libertad de prensa y al acceso a la información pública, tras incidentes ocurridos durante conferencias de prensa organizadas por la Presidencia de la República en 2024.
Los recursos de amparo, tramitados bajo los expedientes 24-025545-0007-CO y 24-27116-0007-CO, fueron acumulados y resueltos mediante la sentencia 2025-016964.
Los presentó el Colegio de Periodistas contra Rodrigo Chaves Robles, presidente de la República; Arnold Zamora, ministro de Comunicación y Enlace; Mauricio Batalla Otárola, entonces ministro de Obras Públicas y Transporte y el director o encargado de la Unidad de Protección Presidencial (UPP), a favor de los periodistas Héctor Guzmán Suárez, David Chavarría Hernández y David Bolaños Acuña.
En el primer caso, el periodista Guzmán Suárez denunció que, el 30 de julio de 2024, durante una conferencia sobre la “Ley Jaguar”, el presidente de la República lo interrumpió y alzó la voz para callarlo mientras formulaba una pregunta.
Además, el 11 de setiembre del mismo año, los periodistas Bolaños Acuña y Chavarría Hernández, de los medios Radio Interferencia y Doble Check, fueron rodeados en Casa Presidencial por escoltas de la Unidad de Protección Presidencial cuando intentaban hacer repreguntas al mandatario y a la ministra de la Presidencia sobre el proyecto de ley de jornadas 4x3.
El recurso denuncia que los continuos ataques, insultos, maltratos, coerción de personas de seguridad, así como el impedimento de preguntar y repreguntar, entre otros, son formas de autocensura y causan temor de parte de los periodistas en el desempeño de su trabajo.
— Yanancy Noguera, Presidenta del Colegio de Periodistas, 18 de setiembre de 2024, al interponer recursos.
Uno de los micrófonos fue apagado en medio de la intervención.
En un video divulgado por el canal de La Reacción en YouTube, se observa a los periodistas reclamar que no se les permitió hacer sus repreguntas, mientras en el fondo se escucha a Chaves decir: “Un saludo a los dos David, ¿por qué se molestan? Que les manden un abrazo”.
La Sala consideró que estos hechos constituyeron una violación al derecho a la libertad de prensa, por lo que declaró con lugar el recurso de amparo y condenó al Estado al pago de costas, daños y perjuicios, los cuales deberán liquidarse en la vía contenciosa administrativa.
En el segundo recurso, en el caso referido a Guzmán Suárez, el Colper alegó que el presidente lo mandó a callar durante una conferencia de prensa cuando procuraba hacerle consultas a la entonces ministra de la Presidencia, Laura Fernández.
En este caso, la Sala resolvió a favor del recurrente, aunque limitó la condena únicamente al Ministerio de la Presidencia, sin imponer pago de daños ni costas. El Ministerio de Comercio Exterior, también señalado, fue eximido de responsabilidad.
El tribunal fue conformado por los magistrados Fernando Castillo Víquez (presidente), Fernando Cruz Castro, Paul Rueda Leal, Luis Fernando Salazar Alvarado, Jorge Araya García, e Ingrid Hess Herrera. El magistrado suplente fue Ronald Salazar Murillo.
Los magistrados Castillo Víquez, Salazar Alvarado y Salazar Murillo salvaron el voto y declararon sin lugar el recurso.