El Tribunal Penal de Goicoechea desestimó la demanda por difamación que el magistrado de la Sala Segunda, Luis Porfirio Sánchez, presentó contra la jueza de Trabajo, Silvia Elena Arce, y el abogado Mario Rucavado, luego de que ambos le achacaran haber incurrido en un supuesto acto obsceno no consentido en presencia de la funcionaria, en el año 2000. La resolución ordenó, además, el sobreseimiento definitivo.
El magistrado Sánchez querelló a Arce y a Rucavado el 27 de agosto de 2024, al considerar que ambos pronunciaron declaraciones falsas. Según el alto funcionario judicial, todo respondía a la mala intención de los querellados para afectar su honor y deshonrar su reputación, especialmente en el momento en que se debatía su reelección en la Asamblea Legislativa. Finalmente, el magistrado resultó reelecto con 25 votos a favor y 25 en contra.
El abogado del magistrado y director de la querella fue José Miguel Villalobos. Según detalla la resolución, el 30 de octubre del 2024, el Tribunal Penal dio curso a la demanda y autorizó para que un notario notificara a Arce y Rucavado como personas querelladas.
Pasaron dos meses y 22 días hasta que, el 21 de enero del 2025, el Tribunal instó a Villalobos a continuar con el proceso, ya que el notario encargado, de apellido Quirós, no había hecho las gestiones necesarias para notificar a los querellados. Según el Código Procesal Penal, a partir de este momento, Villalobos tenía tres días para reactivar el procedimiento.
Sin embargo, eso nunca ocurrió, ya que fue la propia jueza Silvia Elena Arce se presentó sola y por su propia voluntad al despacho el 28 de enero, para que le entregaran la notificación y se le asignara un defensor público.
Pra el Tribunal, la inacción del magistrado Sánchez y su abogado, José Miguel Villalobos, provocó que Mario Rucavado y Silvia Arce solicitaran al Tribunal Penal el desistimiento de la causa, alegando que habían pasado más de tres días desde que, el 21 de enero, se instó a Villalobos a continuar con el proceso. De hecho, pasó más de un mes desde esa fecha hasta que se notificó a Rucavado.
Los jueces encargados del caso le dieron la razón a los querellados, y explicaron que, al tratarse de un delito de acción privada, hubo inacción por parte del promotor de la demanda (Villalobos).
“Los plazos que rigen en este procedimiento, en el caso que nos ocupa, se encuentran sobradamente vencidos. A pesar de haberse autorizado a que la notificación la realizara un notario público, conforme lo pidió el director de la querella, es hasta el 26 de febrero del 2025 que se cumple con dicha diligencia, es decir, cuatro meses después de que se autorizara“, indicaron los jueces.
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Incluso, los jueces destacaron que fueron los querellados los que, “de forma voluntaria y atenta, se presentaron a este despacho para que fueran notificados, pues el director de la querella no lo gestionó“.
Por ese motivo, el Tribunal declaró como desistida la demanda, ordenó el sobreseimiento definitivo de Silvia Arce y Mario Rucavado, y condenó a Luis Porfirio Sánchez al pago de las costas del proceso, fijadas en ¢181.500.
En declaraciones a La Nación, Arce aseguró que este sobreseimiento prueba que Sánchez no tenía ningún interés en que el tema de la presunta agresión sexual llegara a juicio donde se debatiría con pruebas y argumentos; en su criterio, solo presentó la querella para asegurar su reelección como magistrado.
No obstante, el magistrado Sánchez reiteró a este medio que presentó la demanda debido a que las acusaciones de Arce y Rucavado son falsas.
“La acción legal que emprendí fue en legítima defensa de mi honor y no, como malintencionadamente se ha insinuado, para obtener un beneficio en la reelección. Rechazo de forma categórica haber incurrido en las conductas que se me atribuyen”, expresó el magistrado.
Al juez Sánchez se le consultó por qué permitió que la querella se desestimara por inacción. El magistrado pidió remitir la consulta a su abogado, José Miguel Villalobos, quien declaró a La Nación que apelarán la resolución.
Villalobos sostiene que la querella sí fue notificada a Arce, e incluso ella la contestó, pero el Tribunal concluyó que la jueza fue la que se presentó voluntariamente en el despacho para ser notificada. Por lo tanto, la disposición de Arce no puede ser utilizada en contra de ella misma, es decir, “la inercia del director de la querella no puede ser usada para justificar la ‘actividad’ del proceso”.
De cualquier forma, detalló el Tribunal, la presentación voluntaria de los querellados y su correspondiente notificación ocurrió cuando ya los plazos habían vencido.
El abogado Villalobos también argumentó que la querella fue debidamente notificada a Mario Rucavado, pese a que, según el Tribunal, pasaron cuatro meses desde que se autorizó la notificación, hasta que, el 26 de febrero, se cumplió con esa diligencia.
“La querella fue notificada, aún fuera de plazo. No ocurre ninguna deserción, la notificación surtió efecto. El sobreseimiento será recurrido. No entiendo por qué nos enfrascamos en una discusión procesal en un medio de comunicación; no entiendo por qué esto es de interés periodístico”, justificó Villalobos.
Denuncia por presuntos actos obscenos
Este caso empezó el 20 de agosto de 2024, cuando Rucavado publicó en el medio Delfino.cr un artículo de opinión. Allí, el abogado narró unos acontecimientos que, según indicó, le fueron compartidos por una de sus clientas. El domingo 25 de agosto, la jueza Silvia Elena Arce confirmó que ella es la persona a la que se refirió el jurista.
“Yo soy la funcionaria judicial a la que alude el artículo, como una jueza interina. Los hechos ocurrieron cuando yo trabajaba en una oficina del sétimo piso del edificio de tribunales de Goicoechea, y el funcionario Porfirio Sánchez entró a despedirse porque, al día siguiente, yo me iba de vacaciones”, aseveró la funcionaria judicial a La Nación.
“Fue algo totalmente inesperado. Yo no lo pedí, fue sorpresivo, no tuve opción de no verlo porque estábamos en una oficina con la puerta cerrada, ni de decirle si yo quería presenciarlo. Lo califico como un acto obsceno”, declaró Silvia Arce a este medio.
“Fui yo quien narró a don Mario Rucavado las conductas de ese hombre mencionadas en su artículo. Don Mario no mintió, él dijo lo que yo le conté, y yo estoy diciendo la verdad”
— Jueza Silvia Elena Arce
Por su parte, el magistrado Sánchez negó categóricamente el relato. Sostuvo que nunca ha acosado ni abusado sexualmente de ninguna persona, además de que nunca se ha presentado una denuncia ni queja de esa naturaleza en su contra. Además, cuestionó que esta versión surjiera en la víspera de que la Asamblea Legislativa vote sobre su reelección.
“Rechazo de forma categórica las acusaciones. Nunca he acosado o abusado sexualmente de ninguna persona. En mi carrera judicial, nunca he tenido denuncias de esa naturaleza, ni cuando me sometí al proceso de elección, hace 8 años, ni hasta ahora -en el proceso de reelección- recibí quejas ni denuncias por tales motivos.
“Resulta inadmisible que estas falsedades se divulguen a tres días de que el plenario legislativo conozca de mi reelección, después de que superé la comparecencia en la Comisión de Nombramientos, lo que pretende imposibilitarme el ejercicio de mi derecho de defensa. Ni mi familia ni yo permitiremos que se ofenda ni mi honor ni mi decoro”, declaró el magistrado en ese momento, quien un día después presentó la querella.
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El pasado mes de enero, la Corte Plena del Poder Judicial rechazó abrir una investigación disciplinaria al magistrado Sánchez por la presunta agresión sexual. El seno de los magistrados argumentó que los acontecimientos prescribieron hace 16 años.
Sin embargo, la jueza reclama que no le consultaron al magistrado si estaba dispuesto a renunciar a la prescripción y a la inmunidad, pese a que Sánchez dijo en su momento estar dispuesto a renunciar a ambos fueros si Arce presentaba la denuncia.
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