
El régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM), administrado por la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), atraviesa un periodo de tensión financiera y ahora enfrenta un nuevo golpe que presiona la sostenibilidad del principal fondo de jubilaciones del país.
La Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia ordenó a la CCSS reintegrar al Banco Nacional (BN) las sumas pagadas en exceso por concepto de la contribución especial al IVM que hace la entidad, tras determinar un error en la base de cálculo aplicado por la Caja en los actos de cobro.
En total, la CCSS deberá devolver ¢36.746 millones a la entidad financiera, luego de que la Sala I acogiera un recurso de casación por esta disputa, iniciada en el 2015. Esta decisión tuvo además un efecto directo en los resultados financieros del banco, que cerró el 2025 con utilidades por ¢86.864 millones.
El plan del Banco Nacional es establecer un acuerdo con la CCSS para que este monto se descuente de la contribución que debe continuar realizando al IVM por ley, conforme a la metodología de cálculo determinada en la sentencia judicial, en un periodo de al menos seis años.
“Entendemos que el régimen del IVM es importante y que tiene sus retos, pero nosotros, como administradores de fondos públicos, tenemos que recuperar lo que ilegítimamente nos cobraron”, afirmó Hilel Zomer, director jurídico del Banco Nacional.
El monto de reintegro lo estimó el BN con base en los pagos hechos de más, bajo protesta, entre el 2013 y el 2024, que ascienden a ¢27.811 millones. A esto se le suman ¢8.935 millones de intereses por cobrar, se detalla en el oficio GG-005-26, del 6 de enero pasado, enviado por el BN a la CCSS.
La Nación envió consultas al gerente de Pensiones de la Caja, Jaime Barrantes, el 17 de febrero, a través de su celular. También remitió preguntas al correo electrónico del departamento de prensa de la entidad el 19 de febrero. La gestión está en trámite.
Fundamento de disputa
La Ley de Protección al Trabajador establece en el artículo 78 que las empresas estatales deben destinar hasta un 15% de sus utilidades anuales al fortalecimiento del IVM.
A partir del 2013, la Caja inició el proceso de cobro; sin embargo, desde entonces han surgido discrepancias con las entidades públicas sobre los montos reclamados, debido a la falta de precisión en la base de cálculo del aporte.
Precisamente, el eje del litigio era si la contribución debía calcularse sobre la utilidad bruta –es decir, antes de impuestos y otras participaciones legales, como sostenía la CCSS– o si debía hacerse sobre las ganancias netas, una vez deducidas las cargas obligatorias, tal como defendían los bancos.
En la resolución N.º 01528-2025, del 23 de octubre del año pasado, la Sala concluyó que la contribución debe calcularse sobre utilidades netas; es decir, después de impuestos, y con base en estados financieros individuales del banco, no sobre cifras consolidadas que incluyen a sus subsidiarias ni sobre montos previos a deducciones obligatorias.
Los magistrados argumentaron en la resolución que incluir dentro de la base de cálculo los montos destinados obligatoriamente al pago de impuestos y otras participaciones implicaría gravar sumas que no constituyen ganancia real, sino erogaciones impuestas por ley.
La CCSS también sostuvo que este cálculo debía hacerse sobre los estados financieros consolidados de la entidad, lo cual incluía las utilidades provenientes de subsidiarias. Sin embargo, en primera instancia, el Tribunal Contencioso rechazó el planteamiento, pues cada una de las subsidiarias tiene personalidad jurídica independiente.
La sentencia de la Sala Primera zanja, de forma definitiva, la manera en que debe calcularse la contribución de las empresas públicas del Estado para el financiamiento del régimen del IVM.
Además del Banco Nacional, el aporte deben efectuarlo Correos de Costa Rica, la Refinadora Costarricense de Petróleo (Recope), el Sistema Nacional de Radio y Televisión (Sinart), el Instituto Costarricense de Ferrocarriles (Incofer) y la Editorial Costa Rica.
También, el Instituto Nacional de Seguros (INS), el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) y el Banco de Costa Rica (BCR).
‘Nuestra intención no es afectar el IVM’
El director jurídico del Banco Nacional manifestó que la sentencia ya está en firme y que lo que procede es solicitar el reintegro de lo que la entidad financiera pagó en exceso durante casi 10 años a la Caja.
Aseguró que, debido al reclamo judicial –en el que la pretensión era que se reconocieran los pagos en exceso presentes y futuros–, la institución trasladó los recursos al IVM durante ese periodo bajo protesta.
No obstante, fue enfático en que el plan consiste en compensar ese reintegro de forma gradual, para evitar un impacto abrupto en el IVM, pues deben seguir contribuyendo al régimen por ley.
“La idea es llegar a un arreglo con la Caja, haciendo lo que contablemente se denomina pagos por adelantado. Nuestra intención no es, para nada, afectar al IVM ni sacar esta plata del IVM, sino compensarnos poco a poco en el tiempo el dinero que pagamos en exceso”, comentó Zomer.
El funcionario aseguró que han tenido acercamientos con autoridades de la CCSS para explicar la propuesta de reintegro y que les indicaron que analizan la sentencia.
Zomer señaló que, de alcanzarse un entendimiento a nivel administrativo, se suscribiría un convenio entre las partes, sin necesidad de ejecutar la sentencia de la Sala Primera por la vía judicial, lo que también implicaría el pago de las costas del proceso.
“La idea es llegar a un punto medio y no tener que tomar esa sentencia y ejecutarla y hacer un proceso de cobro judicial (...). Nosotros no queremos irnos por la violencia; la intención es hacerlo de la mejor manera posible, porque al final somos hermanos en el sector público”, expresó Zomer.
Por su parte, José Antonio Vásquez, director de Finanzas del Banco Nacional, explicó que calculan que el monto que la Caja debe reconocer podría compensarse en su totalidad en un periodo de seis años. Enfatizó en que incluso podría extenderse por un lapso mayor, si el IVM está de acuerdo, y que la intención es no afectar la liquidez del régimen.
“Cada vez que se ejecuta el pago del (aporte) parafiscal, se reduce una parte de esos ¢36.000 millones. Entonces, se va reduciendo y calculamos que en seis años podría compensarse con las utilidades netas proyectadas del banco”, precisó Vásquez.
El director de Finanzas comentó que el monto o porcentaje de la deducción no se puede determinar con certeza, porque dependerá de los resultados de la entidad. No obstante, indicó que podría rondar los ¢6.000 millones anuales, si se distribuye en partes iguales durante seis años.
Impacto en utilidades
A raíz del fallo, el Banco Nacional registró un ajuste extraordinario en sus resultados financieros del 2025. Esto impulsó una mejora en sus utilidades respecto al año previo y lo situó como la entidad con el mayor incremento en términos absolutos dentro del sector bancario.
Las ganancias de la entidad crecieron ¢35.125 millones, al pasar de ¢51.739 millones en el 2024 a ¢86.864 millones en el 2025, el mayor resultado absoluto en la banca pública y el aumento más pronunciado en todo el sistema financiero.
La Dirección de Finanzas del Banco Nacional explicó, a mediados de enero, que el desempeño responde al crecimiento de la cartera de crédito, a un mejor resultado financiero neto y a mayores ingresos por comisiones y servicios.
Además, indicó que durante el 2025 se registró un ajuste extraordinario en los resultados derivado de la resolución judicial favorable para el BN, lo que generó un efecto positivo en los estados financieros y se sumó al desempeño operativo del año.
De igual manera, la Dirección de Finanzas del BN señaló que otro aspecto relevante de la gestión fue la eficiencia en la administración del negocio, ya que controló sus gastos operativos y los mantuvo en niveles muy similares a los del 2024.
Por activos, el Banco Nacional se situó, con diferencia, como la entidad financiera más grande del país, con ¢8.665.573 millones al cierre del 2025. Le siguieron el Banco de Costa Rica (BCR) y, en tercer lugar, el BAC.
