Fútbol Nacional

Nueva regla impone mordaza a técnicos, jugadores y dirigentes del fútbol tico

Abogados advierten que la ambigüedad en la norma pone en riesgo la libertad de expresión; el reglamento de Unafut establece multas de hasta ¢3 millones por comentarios “peyorativos” dirigidos a los árbitros.

Una nueva normativa ha irrumpido en el fútbol costarricense, generando un ambiente de total incertidumbre. Aunque se trata de solo dos artículos del Código Disciplinario, su impacto ha desatado temores tanto por las posibles sanciones como por la ambigüedad en su aplicación. Jugadores, entrenadores, abogados especializados y defensores de derechos humanos advierten que esta medida podría silenciar a los principales actores del deporte.

Vladimir Quesada y Yosimar Arias dirigieron a Saprissa y Guanacasteca el 24 de julio en el Estadio Nacional. El gerente deportivo del cuadro nicoyano recibió una sanción fuerte por sus declaraciones.
Vladimir Quesada (izquierda) y Yosimar Arias dirigieron a Saprissa y Guanacasteca el 24 de julio en el Estadio Nacional. Ambos señalaron errores arbitrales, pero el gerente deportivo del cuadro nicoyano recibió una sanción fuerte por sus declaraciones. (Mayela López)

El controvertido artículo 44 Bis del Reglamento Disciplinario de la Unión de Clubes de Fútbol de la Primera División (Unafut) busca proteger a los árbitros mediante la aplicación de severas multas a cualquier declaración que, a través de medios de comunicación, redes sociales o Internet, sea considerada “peyorativa, burlona, despectiva u ofensiva” hacia ellos.

La sanción inicial es de ¢1.000.000, pero puede aumentar a ¢2.000.000 por una segunda infracción y a ¢3.000.000 por reincidencia. Sin embargo, hay una nebulosa que rodea este apartado de tan solo 614 caracteres: ¿quién, cómo y bajo qué criterio se califica que una manifestación es peyorativa?

Yosimar Arias, gerente de Guanacasteca, fue el primero al que el Tribunal Disciplinario declaró culpable (multa de ¢1.000.000); le siguió Johan Condega, jugador de Santa Ana FC (multa de ¢1.000.000). Mientras, el técnico de Liberia, Mínor Díaz se quejó abiertamente de que le limitan su libertad de expresión, pero a él no lo penalizaron.

Por otro lado, Jafet Soto, de Herediano, y Vladimir Quesada, de Saprissa, también hablaron sobre el arbitraje, pero no recibieron sanciones, lo que ha generado dudas. Hay muchas preguntas sin respuestas, al ver estas diferencias en la interpretación del reglamento, una de las principales es: ¿cuáles son los límites de una crítica o de una manifestación peyorativa?

Esta duda la planteó el doctor en Derecho Carlos Tiffer, quien expuso tajantemente: “Se limita la libertad de expresión, porque dentro de la libertad de expresión se encuentra la crítica. Al decir que se sancionan manifestaciones peyorativas, ofensivas o despectivas en contra del arbitraje es muy amplio”.

Así mismo, expuso: “Cualquier tipo de manifestación que consideren peyorativa entraría dentro de los supuestos a los que se refieren. El artículo es impreciso y tiene conceptos que son demasiado amplios. Además, considero que las multas son desproporcionadas y restringen aún más la crítica”.

La palabra “peyorativo”, incluso, tiene una definición muy amplia en el Diccionario de la Real Academia Española: “Dicho de una palabra o de un modo de expresión: Que indica una idea desfavorable”.

El artículo 44 del Reglamento Disciplinario de la Unafut ya sancionaba declaraciones en contra de los protagonistas del fútbol. El 44 Bis se hizo para el Torneo de Apertura 2024 y se refiere solo a los árbitros.
El artículo 44 del Reglamento Disciplinario de la Unafut ya sancionaba declaraciones en contra de los protagonistas del fútbol. El 44 Bis se hizo para el Torneo de Apertura 2024 y se refiere solo a los árbitros. (Unafut)

La opinión del doctor en Derecho Carlos Tiffer coincide con la de Patricia Tarre Moser, abogada especialista en derechos humanos, quien trabajó en la Corte Interamericana de Derechos Humanos durante 10 años.

“El reglamento es muy vago, no quedan claras las expresiones que están permitidas. Uno puede interpretar que ninguna expresión sobre el trabajo de los árbitros está permitida”, expresó Tarre. Explicó que no hay ninguna violación a los derechos por imponer multas; su cuestionamiento es la vaguedad del artículo 44 Bis y lo que considera una imprecisión en la redacción.

En su opinión, es esencial que se detalle previamente cuáles expresiones están prohibidas y qué exactamente será objeto de multa. Considera que el artículo debió especificar aquellas expresiones que denigran al personal arbitral y que no puedan interpretarse como simples críticas.

Patricia Tarre Moser, es abogada especialista en derechos humanos y  trabajó en la Corte Interamericana de Derechos Humanos por 10 años. Además tiene su escuela de derechos humanos.
Patricia Tarre Moser es abogada especialista en derechos humanos y trabajó en la Corte Interamericana de Derechos Humanos durante 10 años. (Patricia Tarre Moser)

Una de sus mayores preocupaciones es que los protagonistas del fútbol caigan en la autocensura por miedo a ser sancionados. “Dice que en forma peyorativa y en son de burla, pero también señala que en forma despectiva. Una persona que utilice una connotación negativa ya podría entrar en esta penalidad. Por esta vaguedad es que no queda claro qué tipo de expresiones entrarían ahí. Esto hace que desde mi punto de vista atente contra la libertad de expresión”, expuso Tarre, quien tiene un master en Derecho Internacional de los Derechos Humanos de la Universidad de Notre Dame, Estados Unidos.

Fernando Zamora Castellanos, doctor en Derecho Constitucional, dejó claro que el artículo 44 Bis, del Reglamento Disciplinario de la Unafut, no viola la Constitución Política. No obstante, tiene una gran preocupación con la forma en la que está redactado.

Estima que el Tribunal Disciplinario, como ente sancionador, debe limitarse al “tipo penal”, que dice que para que se apliquen estas multas deben ser insultos, burlas, expresiones de forma despectivas, ofensivas o peyorativas, que a su interpretación es un sinónimo de insultos.

“El problema es que está redactado de tal forma que puede dar pie a aplicaciones abusivas, de acuerdo a una interpretación. Lo que temo es que alguno de los jugadores, entrenadores o dirigentes expresen a la prensa que la labor del árbitro fue mala e incorrecta, que son juicios de valor, pero que luego el Tribunal lo catalogue como una forma despectiva de referirse, como forma de silenciar a la persona”.

Fernando Zamora es doctor en derecho constitucional. El abogado expuso su punto de vista sobre lo que se considera como la ley mordaza en el fútbol tico.
Fernando Zamora es doctor en Derecho Constitucional. El abogado expuso que el reglamento limita la posibilidad de la crítica. (Fernando Zamora)

Zamora detalló que la libertad de expresión es un derecho humano, pero tiene un límite. En su argumentación expuso que este límite está determinado por la dignidad, la intimidad, la honra, el honor y la buena reputación de las personas.

“En términos generales, que un reglamento diga que mi libertad de expresión está limitada frente al insulto o la lesión del honor de una persona, está bien. Que se diga que la labor del árbitro fue mala, no da para que se sancione. Sin embargo, si menciono que cierto árbitro es pésimo, malísimo y me dirijo a la naturaleza de la persona, sí podría estar lesionando su honor y su dignidad”.

En la Unafut tienen una visión muy diferente a la de los especialistas consultados por La Nación. A su parecer, todo está muy claro en el artículo 44 Bis, del Reglamento Disciplinario, y a nadie se le está prohibiendo que critique a los árbitros o se exprese libremente.

Este apartado del reglamento surgió como un agregado al 44, en el que ya se castigaba a quien se refiriera de “manera amenazante, ofensiva, grosera, difamatoria, calumniosa o injuriosa contra cualquiera de las personas físicas o jurídicas” que forman parte del fútbol.

Otto Patiño Chacón, vicepresidente de la Unafut, expuso que para el Torneo de Apertura 2024 se redactó el enunciado de los árbitros y fue la Federación Costarricense de Fútbol la que determinó las multas.

Los jugadores, técnicos y demás personas de los clubes, explicó, no tendrán castigos si se espresan con respeto sobre la labor arbitral. Para él, en ningún momento se está amordazando a nadie. “Lo que se sanciona es cuando dicen frases como por ejemplo: ‘Nos metieron la mano en la bolsa y nos robaron’. ‘Ese árbitro está ciego y no ve nada’. ‘Los árbitros son pésimos y no pueden dedicarse al arbitraje’. Es decir, manifestaciones despectivas sobre las capacidades del árbitro”.

Además, recalcó: “De ninguna manera se limita la libertad de expresión. Lo que buscamos es que no se exacerben los ánimos de los aficionados... No es que no se quieren manifestaciones en contra del arbitraje, sino que se hagan con respeto, con fundamento y objetivamente, pero no al calor de un partido que acaba de terminar”.

Se intentó conocer la versión del presidente del Tribunal Disciplinario, Miguel Chacón, pero indicó que las preguntas o la solicitud de entrevistas debían tramitarse mediante un correo dirigido a la Federación Costarricense de Fútbol (Fedefútbol). Al cierre del artículo no se tuvo respuesta.

Más allá de la posición de la Unafut sobre el artículo 44 Bis, del Reglamento Disciplinario, jugadores y entrenadores piensan que sí se les está limitando su libertad de expresión.

Incluso, hay quienes valoran que es una especie de intimidación para que no se hable del arbitraje. Ante multas que ven como abusivas, ya optaron por mejor no decir nada y reprimir manifestaciones que a su parecer son con respeto y sin denigrar a nadie.

Si uno habla lo que recetan son multas. Estamos en un país democrático, de libre expresión y no debería ser así. Siempre que uno se exprese con respeto no hay ningún problema, pero mejor no decir nada porque las multas son altísimas, no entiendo a dónde queremos llegar con este tipo de cosas. ¿Buscarán que los técnicos no hablemos?”, comentó Mínor Díaz, técnico de Liberia, el 3 de agosto.

El Deportivo Saprissa empató a 2 goles con el Municipal Liberia en el la jornada número 4 del torneo de Apertura 2024.
Minor Díaz, técnico de Liberia, fue uno de los más críticos con el artículo que algunos consideran la ley mordaza en el fútbol de Costa Rica. (Albert Marín)

A Yosimar Arias se le sancionó por estas palabras que dio el 24 de julio, tras caer ante Saprissa 3-1: “Nos atacan más y los árbitros a la hora de que pasan muchas jugadas, en muchas se equivocan y ya con el VAR, en el momento en el que se equivoquen hay que quitar el VAR, a los árbitros, o quitarlos a los dos juntos, porque ya sería un descaro. Me gustaría que hoy hubiera empezado el VAR, porque ya fuimos afectados. Cada vez que se equivocan siempre es a favor del otro equipo”.

En el siguiente partido Arias dio declaraciones más polémicas, al señalar que se puso una camisa morada, en una clara referencia al Monstruo, para ver si así no lo castigan más. Así mismo, dijo que le mandaría una camiseta morada a los encargados de poner las multas. Estas palabras no tuvieron consecuencias.

En lo que respecta a Johan Condega, tuvo que pagar un ¢1.000.000 por quejarse de los silbateros, luego del partido contra Alajuelense, del 28 de julio. El volante de Santa Ana dijo: “Tuvimos un penal muy claro, eso es lo que a nosotros nos pasará factura, esos penales no los van a pitar, no estoy hablando de los árbitros, pero esos penales nos los van a pitar, si hubiera sido al revés es penal. Si hubiera sido a favor de la Liga los marca; ahí es donde condicionan”.

Por su parte, Vladimir Quesada, timonel de los morados, salió ileso luego de manifestar el mismo 24 de julio: “Si ustedes recuerdan la jugada del error arbitral en la expulsión de Esteban Alvarado, en el encuentro de la Recopa, la acción antes, Mariano recibió un golpe en la pantorrilla. Prácticamente, un jugador rival se le paró encima y el pie se le inflamó demasiado y no lo pudimos utilizar. Cuando yo digo que vamos a jugar contra todo, es contra todo y contra todos”.

Otra situación que se presentó fue con Hernán Medford, estratega de Sporting FC, a quien le impusieron ¢500.000 de pena. Su caso es ligeramente distinto, ya que se le aplicó el artículo 44 del reglamento (vigente desde hace varios torneos), que condena a quienes se refieren de forma “amenazante, ofensiva, grosera, difamatoria, calumniosa o injuriosa” contra miembros de la Unafut o protagonistas del fútbol en general y no específicamente de los árbitros.

Medford se quejó de la mala organización de la Unafut y cuestionó el trabajo de quienes programan los partidos y se encargan de la logística del torneo. Externó que todo es un desorden y que falta profesionalismo. Por esto se le consideró como culpable.

El reglamento está en firme y aunque hay tantas dudas, se mantendrá intacto hasta el próximo certamen de Clausura 2025. Los artículos no se pueden modificar en media temporada.

Cristian Brenes

Cristian Brenes

Periodista en la sección de Deportes de La Nación. Bachiller en Periodismo en la Universidad Internacional de las Américas. Escribe sobre el Cartaginés.

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