El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) le recordó al gobierno, mediante una resolución de este lunes 22 de setiembre, cuál es el delito que cometerían sus jerarcas si desobedecen la prohibición legal establecida para la campaña electoral, que da inicio el 1.º de octubre.
En la resolución 6097-E8-2025, el órgano electoral respondió al ministro de Comunicación y Enlace, Arnold Zamora, cuáles son las actividades que el Poder Ejecutivo puede realizar durante la campaña y cuáles no, así como cuáles puede difundir a través de sus redes sociales, y cuáles no.
De igual manera, los magistrados apercibieron al ministro Zamora que, si algún jerarca viola esas prohibiciones, no solo cometería el delito de beligerancia política, sino también el delito de desobediencia.
Con base en el artículo 142 del Código Electoral, el TSE enfatizó que las prohibiciones rigen a partir del 2 de octubre -día siguiente a la convocatoria oficial de elecciones- y hasta el propio día de los comicios, incluyendo la fecha de la segunda ronda, en caso de que sea necesaria.
En particular, los magistrados le aclararon al ministro, nuevamente, que hay una prohibición absoluta de transmitir, a través de las plataformas digitales, inicio, avance o inauguración de obras públicas, por cualquier plataforma digital de una institución pública.
La misma prohibición rige para la difusión, retransmisión, reseña o publicación de fragmentos o imágenes de las conferencias de prensa que realice cualquier institución pública.
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Eso incluye las conferencias de prensa de la Presidencia de la República. No obstante, sí puede retransmitir en sus plataformas digitales las sesiones y comparecencias que se realicen ante órganos de control y fiscalización.
Igualmente, está prohibido que se difundan cadenas nacionales de radio y televisión de las diferentes instituciones, durante el periodo electoral.
¿Cuáles actividades no están prohibidas?
El TSE aclaró que no hay prohibición para inaugurar obras públicas, ni está restringido que el presidente, Rodrigo Chaves, asista a esas actividades.
Lo que está prohibido es que las plataformas gubernamentales difundan o transmitan dichas actividades.
Las instituciones también pueden hacer conferencias de prensa, pero no difundirlas a través de sus plataformas.
Tampoco hay limitaciones para que los funcionarios públicos atiendan consultas de la prensa ni para brindar entrevistas a los diferentes medios de comunicación.
El letrado Andrei Cambronero indicó que el TSE recibió cerca de 20 consultas de diferentes instituciones públicas sobre la prohibición que aplica durante la campaña electoral y ya ha respondido la gran mayoría de ellas.
El banderazo de salida oficial está previsto para el próximo miércoles 1.º de octubre y la prohibición empezará a aplicar a partir del jueves 2.

