
Un juez de Estados Unidos desestimó la demanda que el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE) presentó contra su expresidente ejecutivo, el hondureño Dante Mossi. La entidad regional reaccionó diciendo que el proceso está lejos de cerrarse y que presentará un nuevo caso; hizo énfasis en que el exjerarca no fue declarado inocente.
El juez Cristopher R. Cooper, del Tribunal de Distrito de Columbia, acogió la solicitud de Mossi para anular la querella, al considerar que la acción civil no estaba debidamente fundamentada.
El BCIE había acusado a su exjerarca de infringir la ley anticorrupción estadounidense y de cometer “múltiples violaciones a las políticas del banco”.
Además, lo denunció por presuntas infracciones a la Ley RICO (Racketeer Influenced and Corrupt Organizations Act), normativa creada en Estados Unidos para combatir el crimen organizado y la mafia, así como por supuestos hechos de incumplimiento de deber fiduciario, manipulación de mercado, interferencia ilícita e incumplimiento de contrato.
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El juez Cooper concluyó que la acción del BCIE bajo RICO “tropieza en casi todos los aspectos”. Según el fallo, emitido este jueves 25 de setiembre, la denuncia no logró demostrar de manera plausible la existencia de una organización criminal, ni los supuestos actos de fraude electrónico y extorsión bajo la Ley Hobbs, ni un “patrón” de actividad delictiva.
Ante esas omisiones, la Corte determinó que la demanda no podía sostenerse bajo la Ley RICO, lo que impidió al BCIE establecer jurisdicción federal sobre el caso.
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El BCIE presentó la denuncia contra Mossi el 5 de setiembre del 2024. La entidad centroamericana anunció en aquel momento que había contratado los servicios de los abogados Anne Champion y Robert Giannattasio, de la firma Gibson, Dunn & Crutcher LLP.
Ante consulta de La Nación, el BCIE indicó que el reclamo de RICO “fue muy complejo” y que la corte no se pronunció sobre “la conducta inapropiada e ilegal” del expresidente ejecutivo. “De hecho, el Sr. Dante Mossi no fue declarado inocente de su mala conducta en absoluto”, declaró la entidad.
“Lo primero y más importante es señalar que la decisión no constituye el resultado final de la acción, sino únicamente la respuesta a un incidente relacionado con la competencia para conocer de los hechos”, continuó. Según el banco, el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos determinó que tenía jurisdicción personal sobre Mossi.
Agregó que el caso contra Mossi “está lejos de cerrarse”. Adelantó que la decisión de este jueves permite al BCIE presentar un nuevo caso ante el Tribunal Superior de Washington D.C., y que “así lo hará”.
“El deber del BCIE de continuar con este caso en contra del Sr. Mossi es en cumplimiento de su misión de combatir la corrupción en todas sus facetas”, añadió.
Por su parte, Mossi externó satisfacción por la decisión de la corte estadounidense, “porque creo que se limpia mi nombre de cualquier acusación perversa”.
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“Yo he gastado básicamente mi fondo pensiones para defenderme, casi medio millón de dólares y estoy seguro que el BCIE ha gastado por lo menos unos $4 millones en este caso”, añadió. Calificó la demanda en su contra como un acto de “persecución”, cuyo único fin, en su opinión, “era hacerme gastar dinero porque no tiene ningún mérito”.
El BCIE rechazó indicar los recursos que ha destinado al proceso, bajo el argumento de que se trata de información confidencial.
Dante Mossi estuvo al frente del Banco Centroamericano durante cinco años, hasta diciembre del 2023.
¿Qué alegó el BCIE?
La demanda civil del BCIE se centró en los supuestos esfuerzos de Mossi por “enriquecerse a través de su cargo en el banco”, principalmente mediante su relación con Cenntro, una compañía estadounidense de vehículos eléctricos.
Según la entidad, Mossi favoreció a esta empresa por encima de competidores más consolidados y utilizó fondos del banco para la compra de dos vehículos, desestimando otras oportunidades de negocios, como una alianza con la Agencia de Comercio y Desarrollo de Estados Unidos.
Tras dejar el BCIE, Mossi creó SOLMECA, empresa que distribuye y da servicio a los vehículos Cenntro en Honduras.
El fallo explica que, para que exista una violación a la Ley RICO, debe presentarse una conducta realizada por una organización a través de un patrón de actividad delictiva organizada.
En ese sentido, para demostrar un “patrón de actividad delictiva organizada”, quien presenta la demanda debe identificar al menos dos delitos base ocurridos en un período de diez años.
Estos delitos deben estar relacionados y constituir o representar una amenaza de actividad criminal continua. Además, se debe probar que el acusado causó un daño dentro de Estados Unidos, ya que la Ley RICO no permite reclamar indemnización por perjuicios ocurridos en el extranjero.
No obstante, el documento menciona que el BCIE no logró alegar de manera plausible que Mossi violó la Ley RICO. Primero, la denuncia no presentó hechos que respaldaran la acusación de que Mossi creó una organización criminal (enterprise).
Lo anterior, porque la demanda del BCIE no logró probar que Mossi y Cenntro se unieran para un propósito ilegal, ni que actuaran coordinadamente para defraudar al banco.
Según el fallo, Mossi habría utilizado los recursos del BCIE para beneficiarse a sí mismo y a Cenntro, pero la denuncia no demuestra que actuaran en nombre de una “organización” ni que Cenntro compartiera un objetivo común, requisito indispensable bajo la Ley RICO.
Segundo, la demanda no describió de manera adecuada los delitos base de fraude electrónico y extorsión bajo la Ley Hobbs. Por último, incluso si esos delitos base estuvieran correctamente alegados, no constituirían un “patrón” de actividad delictiva organizada.
Proceso ante la Corte Centroamericana
La Ley Hobbs prohíbe la obtención de bienes de otra persona con su consentimiento, cuando ello se logra mediante el uso indebido de fuerza real o amenazas, violencia, miedo o aprovechándose de un cargo oficial.
El BCIE alegó que Mossi realizó una serie de declaraciones falsas que desprestigiaban al banco, con el objetivo de presionarlo para que resolviera sus reclamos ante la Corte Centroamericana de Justicia.
Una de estas manifestaciones, mencionadas en el fallo, habría sido la participación de Mossi ante la Comisión de la Asamblea Legislativa de Costa Rica, que investigó la contratación del productor audiovisual Christian Bulgarelli, dueño de RMC La Productora S. A. (Nocaut), para brindar servicios de comunicación para la Casa Presidencial por $405.000, financiados por el BCIE.
Según la demanda, mientras aún estaba en el banco, Mossi “contrató a un abogado para impugnar la decisión de la Junta Directiva de no renovar su período como presidente ejecutivo” y pagó al abogado $6.000 con fondos del BCIE; posteriormente, el banco retuvo esa suma de su liquidación, argumentando que el gasto nunca fue aprobado, y Mossi amenazó con demandar.
Finalmente, Mossi presentó un reclamo ante la Corte Centroamericana de Justicia, con sede en Nicaragua, alegando que el BCIE había retenido indebidamente parte de su liquidación y dañado su reputación, solicitando $2.375.810 en concepto de daños reputacionales y morales.
Sin embargo, la demanda nunca logró establecer de manera plausible que Mossi amenazara con continuar haciendo declaraciones a menos de que el BCIE accediera a su reclamo. En otras palabras, no hay hechos que indiquen que el expresidente ejecutivo utilizó “miedo real o amenazas” para obtener un acuerdo.
El fallo señala que las acusaciones de la demanda se basan, en última instancia, “en una disputa comercial bastante común o, más exactamente, en un conflicto entre un exempleado y su antiguo empleado”.
