
La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia condenó al Organismo de Investigación Judicial (OIJ) por vulnerar los derechos a la intimidad y a la presunción de inocencia de la expresidenta ejecutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y diputada electa del Partido Pueblo Soberano (PPSO), Marta Esquivel, en el marco del denominado Caso Barrenador.
La resolución 2025-41043, emitida el 11 de diciembre de 2025, acogió parcialmente un recurso de amparo interpuesto por Esquivel tras los allanamientos realizados el 23 de setiembre de 2024 en su vivienda y en otras oficinas de la CCSS a nivel nacional.
Según el fallo, el OIJ divulgó información sensible sobre los operativos antes de que estos ocurrieran, o mientras se encontraban en desarrollo, lo que permitió que medios de comunicación identificaran a la funcionaria e incluso ubicaran su domicilio.
El Caso Barrenador es una investigación relacionada con un presunto sobreprecio de ¢12.400 millones por año en la adjudicación de contratos para la administración de 138 Ebáis de la Gran Área Metropolitana a tres cooperativas y una asociación médica, por un periodo de 10 años.
Boletín divulgado durante los operativos
La Sala concluyó que la Policía Judicial emitió un boletín oficial en horas de la madrugada, cuando las diligencias aún no habían finalizado. En ese comunicado, se hacía referencia a allanamientos en casas de habitación vinculadas con la investigación del caso.
Casi de manera simultánea, un medio de comunicación publicó una nota en la que se mencionaba el nombre de Esquivel, el barrio donde residía y una fotografía del edificio, explicó el Tribunal.
Para los magistrados, la coincidencia entre la información divulgada por el OIJ y la cobertura mediática permitió inferir que la difusión institucional facilitó la identificación de la diputada electa y la exposición de datos privados.
“La Sala reconoce el derecho a la libertad de prensa, así como el de acceso a la información de la sociedad. No obstante, su ejercicio debe realizarse de forma tal que no se vulneren otros derechos igualmente esenciales, que en casos como el que nos ocupa, puedan afectar la intimidad de las personas sujetas a una investigación penal, así como la privacidad de la cual, según nuestro ordenamiento jurídico, debe estar revestida esta etapa del proceso penal”, indicó la resolución.

Violación a derechos fundamentales
El Tribunal consideró que la forma en que se comunicó la información no resguardó adecuadamente la privacidad de Esquivel y afectó su derecho a la intimidad.
Además, advirtió de que la divulgación de datos como el domicilio y la imagen del lugar incide en el principio de inocencia, al exponer públicamente a una persona vinculada a una investigación penal sin que exista una sentencia firme en su contra.
“La información que corresponde difundir es aquella que tenga la connotación de contener datos que resulten de interés público, mas no la que se refiera a aspectos privados de la persona, tales como su domicilio, e incluso su propia imagen, lo cual incide negativamente no solo en el derecho a la intimidad, sino además en el principio de inocencia”, señaló e Tribunal.
La Sala reiteró que, si bien la libertad de prensa y el derecho a la información son fundamentales, su ejercicio debe equilibrarse con la protección de otros derechos, especialmente en etapas iniciales de procesos penales.
El fallo declaró con lugar el recurso únicamente en contra del OIJ, mientras que desestimó los señalamientos contra la Fiscalía y el Poder Judicial.
La resolución fue adoptada por las magistradas y magistrados suplentes: Ana María Picado Brenes (presidenta), Ronald Salazar Murillo, Hubert Fernández Argüello, Ileana Sánchez Navarro, Ana Cristina Fernández Acuña, Jorge Solano Aguilar y Fernando Lara Gamboa.
Como consecuencia, la Sala previno al OIJ no incurrir nuevamente en conductas similares, bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidades legales. Asimismo, condenó al Estado al pago de costas, daños y perjuicios, los cuales deberán definirse en la vía contencioso-administrativa.
OIJ analizará la resolución
Tras conocerse la sentencia, el OIJ informó este jueves que revisará a detalle el contenido del fallo. No obstante, adelantó que será respetuoso de lo resuelto por la Sala Constitucional.
La institución no detalló eventuales medidas internas a raíz de la condena.
