
La presidenta de la Asamblea Legislativa, Yara Jiménez, anunció que se querellará por presunto prevaricato contra los cuatro magistrados de la Sala Constitucional que prorrogaron el nombramiento de los suplentes de ese tribunal, ante el bloqueo del Partido Pueblo Soberano (PPSO).
Consultado por La Nación, el abogado penalista Rodolfo Brenes explicó qué es una querella y cómo es el proceso para enjuiciar a miembros de los supremos poderes. Además, explicó por qué, según su criterio, el fallo que prorrogó los nombramientos es “histórico”.
La sentencia de la Sala ordena a Yara Jiménez que someta a votación la actual nómina de magistrados sustitutos del tribunal constitucional.
Se anuló, además, el acuerdo tomado por el Congreso para devolver a la Corte la lista de candidatos a magistrados suplentes y solicitar una nueva nómina. Mientras el Congreso realiza la elección, los suplentes a los que se les venció el nombramiento en diciembre pasado seguirán en funciones.
¿Qué es una querella?
“Una querella es una acusación penal privada que puede presentar una persona que se considera ofendida por un delito o que puede presentar cualquier persona cuando se trata de delitos cometidos por funcionarios públicos", explicó Brenes.
El abogado señaló que, a diferencia de una denuncia, que se limita a poner en conocimiento del Ministerio Público un hecho que podría constituir un delito para que sea investigado, la querella permite al particular asumir el rol de acusador, una función que normalmente ejerce el Ministerio Público.
También aclaró que una demanda corresponde a la vía civil y no al ámbito penal.
¿Cómo se tramita una querella contra magistrados?
Al tratarse de magistrados de la Sala Constitucional, Brenes explicó que el caso seguiría el procedimiento especial previsto para miembros de los supremos poderes.
Según detalló, la investigación estaría a cargo de la Fiscalía General de la República. Si eventualmente se presentara una acusación, esta debería remitirse a la Corte Suprema de Justicia, que a su vez la trasladaría a la Asamblea Legislativa para que decida si levanta el fuero de improcedibilidad penal (conocido comúnmente como inmunidad) mediante una votación de al menos 38 diputados.
Solo si el Congreso autoriza el proceso, el eventual juicio sería conocido por los cinco magistrados de la Sala Tercera.
Este procedimiento está regulado en el Código Procesal Penal. Sería el mismo que se siguió cuando se intentó procesar penalmente al expresidente y actual ministro de Hacienda y de Presidencia, Rodrigo Chaves.
‘Es un fallo histórico’
Más allá del procedimiento, Brenes defendió la resolución de la Sala Constitucional que prorrogó provisionalmente el nombramiento de los magistrados suplentes mientras la Asamblea Legislativa completa las designaciones pendientes.
“Considero que la sentencia de la Sala Constitucional es correcta, es conforme a derecho; es un fallo histórico que viene a proteger el Estado democrático de derecho”, afirmó.

“Lo que está diciendo la Sala es que el poder político no puede tomar como rehén al Poder Judicial ni puede paralizar el trabajo de uno de sus tribunales. Y lo que está haciendo la Sala también es garantizando el derecho de todas las personas de recurrir al tribunal constitucional para que proteja sus derechos fundamentales", aseveró.
El abogado también rechazó que la decisión pueda calificarse como un “golpe de Estado”, como sostuvo el Poder Ejecutivo.
“Lo que estamos viendo es una democracia funcional que tiene pesos y contrapesos y que está enmendando una situación muy peligrosa que fue creada por el gobierno y sus diputados”, manifestó.
Agregó: “Quisiera dejar testimonio de mi agradecimiento para esos cuatro magistrados por su patriotismo y valentía”.
Descarta delito de prevaricato
Brenes sostuvo que los magistrados no incurrieron en prevaricato ni en ningún otro delito al dictar la sentencia.
“No existe ni medio delito de prevaricato ni de ningún otro tipo. Estoy seguro de que los asesores de la presidenta lo saben, pero esta querella descabellada que anuncian no tiene un fin jurídico, sino político y de comunicación”, afirmó.
Añadió que, en su criterio, el anuncio forma parte de una estrategia para “desestabilizar y desprestigiar al Poder Judicial” y debilitar la democracia costarricense.
La sentencia sigue vigente
Finalmente, Brenes enfatizó en que la eventual presentación de una querella no suspende los efectos del fallo de la Sala Constitucional.
“La querella es una simple ocurrencia jurídica que no va a paralizar ni puede paralizar lo resuelto por la Sala Constitucional”, dijo.
Además, sostuvo que la presidenta de la Asamblea Legislativa está obligada a cumplir lo ordenado por la Sala y someter a votación la nómina de magistrados suplentes enviada por la Corte Suprema de Justicia.
“Doña Yara Jiménez está obligada a someter a votación la nómina. Y si no lo hace, puede incurrir en un delito de desobediencia a la autoridad”, concluyó.

Sebastián Sánchez
Periodista de últimas horas, sucesos e internacionales. Bachiller en Periodismo y en Derecho por la Universidad de Costa Rica. En 2025, recibió el premio Pbro. Armando Alfaro Paniagua del Colegio de Periodistas.
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