¿Puede una persona aspirar a ser diputada por una provincia en la que no reside? La duda resurge después de que Pueblo Soberano puso en el primer lugar de la papeleta de Heredia a Marta Esquivel, expresidenta la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y exministra de Planificación, aunque su domicilio electoral está en San José. Y el partido político incluso evaluó ponerla en Cartago.
El coordinador del Cuerpo de Letrados del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), Juan Luis Rivera, explicó a La Nación que sí es posible que una persona se postule por una provincia distinta en la que no vive.
Rivera explicó que los únicos requisitos para optar por una diputación son los tres establecidos en el artículo 108 de la Constitución Política:
-Ser ciudadano en ejercicio
-Tener al menos 21 años
-Ser costarricense por nacimiento o por naturalización con diez años de residencia en el país después de haber obtenido la nacionalidad
“Si la persona supera estas condiciones (requisitos), pues desde el punto de vista de la Constitución no hay otro requisito para poder desempeñar el cargo de diputado”, explicó el funcionario.
Añadió que esto ocurre porque los diputados, aunque son electos por provincias, representan a la nación, de acuerdo con la Constitución Política.
“Una condición o un requisito como la inscripción electoral en la provincia, en la que se serviría el cargo, no se estableció. Según lo ha interpretado el tribunal, la Constitución hace una ficción y dice que se escogen por provincias, pero una vez escogidos por provincias, dice que representan a la nación, no representan una provincia”, dijo Rivera.
Esto en la práctica equivale a que una persona que nunca ha residido o votado, por ejemplo, en Guanacaste o Puntarenas, aún así pueda representarles.
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A esos requisitos se debe sumar que la persona no esté dentro del régimen de incompatibilidades establecidas en el artículo 109 constitucional, algunas de ellas son:
-Quien al momento de la elección sea el presidente de la República o lo sustituya en el ejercicio de la Presidencia
-Los ministros de Gobierno, los magistrados propietarios de la Corte Suprema de Justicia, los magistrados propietarios y suplentes del TSE, los gerentes de las instituciones autónomas
-Los parientes de quien ejerza la presidencia de la República, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, inclusive
Esas incompatibilidades afectan a quienes desempeñen los cargos indicados dentro de los seis meses anteriores a la fecha de la elección.
El funcionario electoral aclaró que no es posible añadir más requisitos a través de una ley ordinaria, sino que la única posibilidad sería mediante una reforma parcial a la Constitución Política.
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Esquivel en Heredia
El Partido Pueblo Soberano (PPSO) definió sus candidaturas a las diputaciones el domingo 24 de agosto.
Según una verificación en el sistema del Registro Civil del TSE, varios son los casos en donde las personas propuestas no tienen el mismo domicilio electoral de la provincia que pretenden representar.
Sin embargo, el más sonado en redes sociales es el de la expresidenta de la CCSS, Marta Esquivel, quien tiene su domicilio electoral en el distrito Carmen, Aranjuez en San José.
La Nación intentó contactar a Esquivel, sin embargo, al cierre de edición no se obtuvo respuesta.

En el Partido Liberación Nacional (PLN), antes existía la figura de “diputados nacionales”. Así se denominaba a los aspirantes que antes escogía el candidato presidencial para la provincia de San José. En la actualidad, el aspirante solo puede escoger uno.
El Partido Unidad Social Cristiana (PUSC) también redujo esa discrecionalidad para el candidato presidencial; ahora, solamente puede nombrar dos candidaturas.
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