Tras revisar el expediente penal presentado por la Fiscalía General contra el presidente Rodrigo Chaves, por el presunto delito de concusión, el magistrado instructor Manuel Giovanni Mena Artavia concluyó en un informe que existe “prueba idónea” para solicitar a la Asamblea Legislativa el levantamiento de su inmunidad.
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Mena señaló que las pruebas testimoniales, documentales y digitales aportadas por el fiscal general, Carlo Díaz, relacionadas con un contrato de $405.800 financiado por el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), son “útiles y pertinentes” para demostrar los hechos acusados y, en principio, idóneas para “acreditar el cuadro fáctico, lo que brinda la apariencia de buen derecho requerida en esta etapa del proceso”.

La Fiscalía acusó a Chaves de aparentemente elaborar un plan delictivo que permitiera aprovechar parte de los recursos del BCIE para beneficiar a su exasesor de imagen Federico Choreco Cruz.
Mena, quien fue juramentado como magistrado suplente de la Sala de Casación Penal el 14 de enero, fue el encargado de examinar la acusación para remitir un informe al respecto a la Corte Suprema de Justicia.
El documento enviado el 13 de mayo, del cual La Nación tiene copia, concluye que lo procedente es trasladar el expediente a la Asamblea Legislativa con solicitud de levantamiento del fuero tanto para el presidente como para el ministro de Cultura, Jorge Rodríguez Vives.
La Corte Plena resolvió el 1.º de julio, con 15 votos a favor y siete en contra, solicitar al Congreso retirar el fuero de improcedibilidad a ambos jerarcas.
La Nación remitió consultas a Presidencia sobre los señalamientos hechos por la Fiscalía contra el mandatario, sin que se haya obtenido respuesta.
Bulgarelli actuó bajo advertencia
Los hechos que analizó el magistrado Mena detallan que, entre junio y octubre del 2022, Rodrigo Chaves presuntamente “obligó e indujo” al productor audiovisual Christian Bulgarelli, a otorgar un beneficio patrimonial por $32.000 a Choreco, a cambio de la adjudicación del contrato con el BCIE para una consultoría en comunicación para la Casa Presidencial
La acusación detalla que Bulgarelli habría aceptado, porque supuestamente estaba “bajo advertencia de perderlo (el contrato) en caso de no cumplir esa exigencia”.
Los $32.000 fueron utilizados para pactar un contrato de alquiler con opción de compraventa de una casa de habitación ubicada en el condominio Barlovento, en el distrito de Concepción de La Unión de Cartago, en favor de Choreco.
Justamente en ese condominio, el 8 de agosto del 2024, la Fuerza Pública ejecutó una orden de desalojo por impago en contra de Federico Cruz, quien dirigió la comunicación del mandatario en campaña y quien fue uno de sus principales consejeros en la primera parte del gobierno.
¿En qué se usaron los $32.000?
Cruz Saravanja habría negociado con la propietaria del inmueble, identificada como Dinna Fernández Vílchez, un pago de $20.000 como opción de compra y $7.200 de abono “como señal de trato” de la opción de compraventa.
Los restantes $4.800 eran un abono a las mensualidades de alquiler.
El delito de concusión ocurre cuando un funcionario público, abusando de su calidad o de sus funciones, obliga o induce a alguien a dar o prometer un bien o un beneficio patrimonial para sí o para un tercero, de forma indebida.
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Según la Fiscalía, Rodrigo Chaves habría actuado de común acuerdo con su entonces jefe de despacho, Jorge Rodríguez Vives -actual ministro de Cultura y Juventud- para presuntamente “llevar a cabo un plan” que favoreciera a Choreco, como “reconocimiento a la colaboración prestada en la campaña electoral”-que llevó a Chaves al poder en el año 2022- así como por su asesoría personal.
Acusación: El plan era que Choreco no dejara rastro
El documento indica que Chaves y Rodríguez planearon que no quedara rastro del papel de Choreco en la negociación, por lo que el exasesor del mandatario le habría solicitado a Bulgarelli firmar el contrato de alquiler, pero el empresario audivisual se rehusó.
No obstante, Bulgarelli sí habría efectuado la transferencia de los $32.000 a la dueña de la vivienda, desde una cuenta de su empresa RMC La Productora S. A. (Nocaut), a la que le fue adjudicado el contrato con el BCIE. La descripción de la transferencia era “Senal_Compra_Venta”.
Entre la prueba testimonial incorporada al expediente, se encuentra la declaración de Bulgarelli, quien fue calificado por la Fiscalía General como el testigo de la corona.
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Este término describe a un investigado con quien se acuerda retirar los cargos que se le endilgan, de manera total o parcial, para que declare en contra de otros imputados en causas de delitos graves.
Eso sí, la colaboración debe ser “eficiente” para la investigación, de lo contrario, continuaría la persecución penal en su contra. Incluso, así lo precisó la Fiscalía en un comunicado.
La acusación también incluye registros de transferencias bancarias, los documentos de la compraventa, un correo electrónico de Choreco a Bulgarelli antes de la firma de la compraventa, los documentos preparatorios de la contratación del BCIE, un informe de la Sección Anticorrupción del OIJ de diciembre del 2023 y Los Audios de Presidencia, es decir, una serie de grabaciones hechas por la exministra de Comunicación, Patricia Navarro, en Casa Presidencial.
Alcances de la decisión de los magistrados
Mena argumentó en su informe, que a los magistrados les corresponde realizar un examen de la solidez de la acusación, mas no del mérito probatorio de la causa.
Explicó que, si los miembros de la Corte Plena hicieran en esta etapa un análisis pormenorizado del contenido del elemento probatorio, se tendrían que inhibir de participar en la siguiente fase, lo que implicaría “un obstáculo innecesario en la tramitación, al forzar el ingreso de magistrados suplentes para el conocimiento del asunto”.
“Carece de sentido que el dictamen de Corte Plena contenga un análisis fáctico de la causa, cuando va dirigido a otro ente (Asamlea Legislativa) que, conforme indica la Sala Constitucional, no deberá pronunciarse sobre los hechos, sino, únicamente, sobre aquella fumus boni iuris (apariencia de buen derecho)“, destacó.
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Igualmente, aclaró que, en la etapa en la que se encuentra el proceso, la exactitud de un juicio de probabilidad elaborado a partir de la prueba recabada, no es necesariamente alta, porque se sustentaría únicamente con los insumos de la acusación, ya que Chaves no ha sido indagado y no ha tenido oportunidad de ofrecer su descargo.
“En consecuencia, cualquier prognosis realizada a partir de la prueba será, muy probablemente, inexacta”, añadió.
El magistrado instructor es designado por la Corte Plena para analizar la acusación presentada por la Fiscalía y elaborar un informe que determine si, con base en esa acusación, procede solicitar el levantamiento de la inmunidad y enjuiciar a la persona que integra uno de los supremos poderes, en este caso, el presidente Rodrigo Chaves.
Una vez concluido el análisis, sus conclusiones se presentan al resto de los magistrados, quienes toman la decisión final.