La Universidad de Costa Rica hizo lo correcto cuando dio a conocer los nombres de los docentes sancionados por acoso sexual. La identidad de funcionarios públicos involucrados en agresiones de esa naturaleza es información de interés público, dijo con acierto un fallo reciente del Tribunal Contencioso-Administrativo. Esa fue la tesis sostenida por este diario cuando solicitó a la Universidad Nacional y al Instituto Tecnológico facilitar los datos correspondientes, pero ambas casas de estudios defendieron el ilícito secreto.
La tesis se desprende claramente de la legislación. Los procedimientos administrativos son reservados mientras dura el trámite. Una vez sentada la responsabilidad del funcionario, el contenido es público. La publicidad es especialmente útil en casos de acoso u hostigamiento, como dijeron los jueces con clara comprensión del fenómeno: “(…) la información comprendida al versar sobre cuestiones relacionadas con servidores estatales resguarda un especial interés público y por eso debe estar a disposición de ese interés. En el caso de la materia de acoso sexual, la publicidad de las sanciones firmes busca proporcionar un elemento de protección a las víctimas, de ahí el espíritu de introducir la reforma reciente en cuanto a la obligatoriedad del registro”, afirma la sentencia.
“Existe un especial interés de resguardar a estudiantes, población vulnerable por la relación de poder que subyace, por tratarse de un régimen de especial sujeción, en donde los sujetos que ostentan el poder, en aquellas relaciones, deben estar llamados a una especial conducta de rectitud, por la condición de funcionarios públicos que facilitan el derecho a la educación y que son por lo tanto, los primeros con el deber de tutelar la integralidad de ese derecho”, agregó el Tribunal.
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En consecuencia, la Universidad Nacional y el Instituto Tecnológico faltaron a su deber de proteger a los estudiantes, además de la obligación de transparencia y libre acceso a la información de interés público cuando se negaron a entregar los datos a La Nación. Solo la UCR actuó apegada al derecho.
A mediados del 2019, los rectores de entonces plantearon alegatos absurdos para apartarse de la ley, cuya recta interpretación queda hoy confirmada, sin ambigüedades, por el fallo de comentario. Primero insistieron en la protección de las víctimas, aunque la petición de este diario solicitaba expresamente excluir sus identidades y los jueces más bien encuentran en la publicidad un medio idóneo para proteger a los estudiantes.
También alegaron la posibilidad de represalias de los victimarios, pero eso podría ocurrir por la presentación de la acusación, como señaló nuestro editorial del 6 de junio del 2019. Esa posibilidad, escribimos entonces, apunta a la necesidad de establecer mecanismos de protección y acompañamiento. Por otra parte, si temen represalias, decía el editorial, deberían temer también la reincidencia y despedir al transgresor, como casi nunca hacen.
La publicidad de los hechos, dijo uno de los rectores, podía revictimizar a las afectadas aunque se excluya su nombre. Omitió señalar que las propias alumnas del Tecnológico pedían revelar la identidad de los victimarios para tenerlos presentes a la hora de matricularse, en perfecta concordancia con el razonamiento expuesto por la sentencia.
Otro argumento absurdo contra la publicación de las sanciones fue el dolor de las familias de los victimarios. Esa tesis conduciría a declarar secreta la administración de justicia en todas sus instancias y a censurar denuncias de actos de corrupción pública o privada para no afectar a los familiares.
Por último, se adujo que revelar los hechos y el resultado del procedimiento podría reducir el número de denuncias, que de todas formas son pocas. Pero las estudiantes atribuían la escasez de acusaciones a la desconfianza en el procedimiento y los resultados insatisfactorios.
La transparencia, sin identificar a la víctima, permitiría aquilatar la corrección del procedimiento y la pertinencia de la sanción. Contrario al argumento esgrimido para defender el silencio, la publicidad estimularía otras denuncias y permitiría evaluar las políticas de los centros de estudio frente a las transgresiones. Los pretextos, como resulta evidente, se apartaban de toda lógica. Como queda claro a partir de la sentencia, se apartaban también de la ley.
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