Editorial

Editorial: Gasto de campaña contra comprobantes

El principio de comprobación rige para todo gasto de recursos públicos y el financiamiento político no se hace con bienes de difuntos

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“Para recibir el aporte del Estado, los partidos deberán comprobar sus gastos ante el Tribunal Supremo de Elecciones”, dice el inciso 4 del artículo 96 de la Constitución Política. Pocas campañas electorales han demostrado la sabiduría de esa disposición como la presente, pero ha habido otras.








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