Editorial

Editorial: Aciertos, contradicciones y riesgos de la ley de ‘cero ocio’ en las cárceles

El proyecto parte de un diagnóstico correcto sobre la crisis carcelaria, pero descansa sobre una contradicción que lo compromete de raíz. El trabajo no deja de serlo porque el legislador lo quiera llamar de otra forma. La rehabilitación verdadera no puede sostenerse sobre ficciones jurídicas

25 agosto 2015
Centro penitenciario La Reforma, San Rafael, Alajuela.
Recorrido por los ámbitos A y B del centro penal para mostrar el hacinamiento que viven las cárceles del país.

FOTO: Andrés ARCE / GN.
25 agosto 2015 Centro penitenciario La Reforma, San Rafael, Alajuela. Recorrido por los ámbitos A y B del centro penal para mostrar el hacinamiento que viven las cárceles del país. FOTO: Andrés ARCE / GN. Andrés ARCE / GN
Fotografía de archivo del Centro Penitenciario La Reforma, en San Rafael de Alajuela. (Andrés ARCE / GN)

Costa Rica tiene casi 20.000 personas hacinadas en un sistema penitenciario diseñado para la mitad. Celdas donde las bandas reclutan, coordinan extorsiones y planifican homicidios con la misma tranquilidad con que otros duermen a falta de mejores actividades que realizar. Esa es la realidad carcelaria del país y nadie razonable puede defenderla.

El expediente 25617, la Ley de Cero Ocio en las Cárceles, parte del paquete de reformas del Ejecutivo en materia de seguridad, nace de un diagnóstico correcto: la inactividad no es un derecho humano y se convierte en una fábrica de reincidencia. Hasta ahí, el proyecto en cuestión merece apoyo, pero el problema empieza cuando se lee la letra pequeña.

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