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Hay principios activos que tienen más de dos opciones terapéuticas para un mismo fin. El objetivo del decreto es que las personas conozcan opciones y tomen decisiones, pero médicos y asociaciones de pacientes no están de acuerdo. Fotografía: Archivo (Shutterstock)
El Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica (CMCCR) considera que el plan de reglamento que los obligaría a recetar los medicamentos bajo el nombre genérico o de principio activo, atenta contra la libre prescripción.
Este fue el pronunciamiento que dieron a conocer este martes en relación con el texto propuesto del Reglamento para la Prescripción y Dispensación de Medicamentos de Conformidad con su denominación Común Internacional (DCI) para el mercado privado costarricense, cuyo texto está en consulta pública.
Según la normativa redactada por el Ministerio de Salud, los médicos deben recetar con el nombre del principio activo de la sustancia y no con el nombre comercial.
La intención de Salud es que, a través del farmacéutico, la persona pueda saber cuáles medicamentos están disponibles y que el profesional la guíe para conocer las opciones que puede adquirir.
También se les da la opción a los médicos de indicar el nombre comercial al lado de la denominación genérica, lo que para el Colegio de Médicos debería ser la obligación.
“La prescripción de los medicamentos debe dar prioridad a la salud del paciente, más allá del costo y las marcas”, afirmó la organización en una carta enviada al ministro de Salud, Daniel Salas Peraza.
(Los médicos) no deben tener limitación alguna, aparte de su conocimiento profesional, al consignar de la forma en que lo consideren oportuno, y en pro de la salud del paciente, el nombre del medicamento recetado”, afirmó Mauricio Guardia Gutiérrez, presidente del Colegio.
Los profesionales también manifestaron su preocupación porque las sanciones planteadas en el proyecto de reglamento son “desproporcionadas e irracionales”.
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Dos problemas principales
Para el Colegio de Médicos, una receta por nombre genérico representa dos problemas para los pacientes.
El primero se da en el caso de algunos medicamentos que contienen más de un principio activo, como las “polipíldoras”, por lo que consideran que no sería práctico proceder a citar todos los principios activos en la receta, además de la dosis de cada uno.
El segundo problema es que existe el riesgo de que, en los casos en los cuales solo se expenda una determinada presentación de ese medicamento y que resulte mayor a la prescrita por un médico, esta se deba fraccionar, con el peligro de no coincidir con la dosis recetada.
“El medicamento, por haberse fraccionado, puede perder sus propiedades curativas, o bien, que el medicamento no pueda ser fraccionado”, señala el Colegio.
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La propuesta de decreto en consulta es la segunda versión, pues la primera se había puesto en consulta pública en mayo del 2019.
Esta nueva redacción, sin embargo, no fue bien recibida ni por los médicos ni por asociaciones de pacientes.
Según la Federación de ONGs de pacientes, acudir a la farmacia con una receta con el nombre genérico del medicamento podría dificultar a las personas dar con el producto que necesitan para resolver o aliviar su problema de salud.
Esta federación reúne a 40 grupos de personas con diferentes enfermedades o condiciones de salud.
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¿Cuáles tratamientos están incluidos?
Salud cuenta actualmente con 49 principios activos en los que se ha implementado la exigencia de demostrar la equivalencia terapéutica. Además, hay 73 principios activos en proceso de cumplir los requisitos para catalogarse como equivalente terapéutico.
Entre ellos se encuentran analgésicos, anestésicos, antiinflamatorios, antidepresivos, inmunosupresores, anticonvulsivantes, antibióticos, anticoagulantes, así como medicamentos para tratar el cáncer, la osteoporosis, el colesterol, el VIH, la hipertensión, la rinitis alérgica, el azúcar en la sangre, la esclerosis múltiple y la disfunción eréctil, entre otros.
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