Salud

CCSS debe asegurar a mujer sin importar tiempo que tenga de convivir con asegurado directo

Sala IV declara con lugar recurso de amparo y ordena a Caja dar beneficio familiar a la recurrente pese a tener menos de tres años de estar en unión de hecho

13/05/2019    Fachada del edificio de La Caja, Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS). Foto: Rafael Pacheco
13/05/2019 Fachada del edificio de La Caja, Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS). Foto: Rafael Pacheco Rafael Pacheco Granados

La Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) deberá asegurar a una mujer sin importar cuánto tiempo lleve viviendo en unión libre, o de hecho, con el asegurado directo.

La orden proviene de la sentencia número 2019-12758 que emitió la Sala IV el 12 de julio, pero fue dada a conocer este martes.

El fallo declaró con lugar un recurso de amparo presentado por una mujer quien se quejó de que la CCSS le negó el derecho a la salud, porque tenía menos de tres años de convivir con su pareja. Ese plazo es el que establece la normativa de la institución para otorgar el beneficio familiar.

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