
La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia ordenó a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) pagar las licencias de cuido atrasadas.
La institución ha alegado falta de presupuesto para cumplir con los pagos. Sin embargo, según resolvió el Tribunal, las instituciones públicas no pueden alegar limitaciones financieras o presupuestarias para incumplir obligaciones sociales previamente reconocidas, “máxime cuando están en juego derechos fundamentales y el interés superior de las personas menores de edad o con enfermedades graves”.
Personas con licencias especiales para cuido de pacientes en fase terminal y cuido de menor gravemente enfermo ya tienen más de 50 días sin recibir el pago correspondiente. Ellos llevaron carteles con sus testimonios y se manifestaron el 31 de octubre frente a Casa Presidencial.
Estas licencias son un beneficio para mejorar la calidad de vida de los pacientes en fase terminal por enfermedades avanzadas, progresivas e incurables, así como de los niños, y adolescentes con condiciones de salud calificadas como graves.
Las personas con estas condiciones tienen derecho a un cuidador que reciba una licencia que le permita ausentarse de sus labores para atender al enfermo y recibir un subsidio por parte del Estado.
Sin embargo, desde setiembre, la Caja agotó los recursos disponibles en su presupuesto 2025. Esta situación llevó a aprobar los permisos laborales, pero sin dar el subsidio. Algunas personas no recibieron el subsidio en agosto, o recibieron menos.
Recursos resueltos
La Sala mantiene 26 expedientes relacionados con esta misma problemática, además ya resolvieron cinco gestiones.
En uno de los amparos resueltos, una madre acudió a la Sala luego que la CCSS no le efectuara el pago de su licencia de cuido debido a falta de presupuesto, pues tiene un menor gravemente enfermo.
“Se declara con lugar el recurso. Se ordena (...) coordinar y disponer todas las actuaciones que se encuentren dentro del ámbito de sus competencias, a fin de que, en el plazo de 15 días, contado a partir de la notificación de esta sentencia, se realicen a la recurrente”, sentenciaron los magistrados, quienes condenaron a la CCSS a pagar al costas, daños y perjuicios causados.
Los magistrados constitucionales también ordenaron, en otro expediente, garantizar el trámite de las licencias de cuido; ordenó a la directora médica del Área de Salud de San Pablo de Heredia recibir y tramitar la solicitud conforme a derecho.
En otro caso, la Sala amparó a una madre beneficiaria de una licencia extraordinaria para el cuido de su hija menor con una enfermedad pulmonar grave, cuyos pagos se encontraban suspendidos por falta de contenido presupuestario. El Tribunal calificó la actuación institucional como arbitraria e infundada y ordenó a la CCSS y al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) realizar los depósitos adeudados en un plazo máximo de 15 días.
Los amparos fueron resueltos por unanimidad por los magistrados Fernando Cruz Castro (presidente interino), Paul Rueda Leal, Luis Fernando Salazar Alvarado, Jorge Araya García, Ingrid Hess Herrera, Ileana Sánchez Navarro y Ronald Salazar Murillo.
Rodrigo Chaves bloquea proyecto
El presidente de la República, Rodrigo Chaves, mantiene bloqueado el avance de un proyecto de ley que permitiría liberar recursos para el pago de licencias para el cuido de parientes con enfermedades en fase terminal o de menores de edad gravemente enfermos.
Se trata del expediente legislativo N.° 25.240, que busca girar fondos urgentes para el pago de ese subsidio que es administrado por la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).
La iniciativa fue aprobada en primer debate el 30 de octubre anterior, con el voto unánime de 40 legisladores, incluyendo los siete congresistas del partido de gobierno Progreso Social Democrático (PPSD) allí presentes.
No obstante, Chaves no incluyó ese proyecto en la agenda de las sesiones extraordinarias de la Asamblea Legislativa, que empezaron este 1.º de noviembre y que le dan al Poder Ejecutivo el control de las discusiones en el Congreso durante los próximos tres meses.
