El País

Sala Constitucional anuló subasta de radio y televisión porque el gobierno utilizó un único criterio de adjudicación

Resolución íntegra expone jurisprudencia internacional

Radio y televisión, antenas
Antenas de radio y televisión en el volcán Irazú. El voto de mayoría concluye que las concesiones del espectro no pueden provocar vacíos ni reducciones significativas en la pluralidad de voces involucradas en la prestación de esos servicios. Rafael Pacheco Granados
Radio y televisión, antenas
Antenas de radio y televisión en el volcán Irazú. El voto de mayoría concluye que las subastas de frecuencias no pueden causar reducciones en la pluralidad de voces. (Rafael Pacheco Granados)

La Sala Constitucional anuló la subasta de frecuencias de radio y televisión el 27 de febrero porque el único criterio de selección fue el económico, sin tomar en cuenta criterios que garantizaran la pluralidad de voces. La sentencia íntegra expone jurisprudencia internacional y añade que el hecho de que el concurso hubiese superado el filtro de la Contraloría General no garantizaba su constitucionalidad.

Así lo expuso el texto completo del voto de mayoría 2026-007626, que declaró con lugar el recurso de amparo tramitado bajo el expediente 25-031501-0007-CO. El Tribunal fue explícito en su fundamentación.

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