Política

Solo TSE puede consultar constitucionalidad de ‘ley jaguar’, aclara resolución de Sala IV

Si los diputados convocan a referéndum antes de aprobar la ‘ley jaguar’ en primer debate, renuncian a la posibilidad de consultar si contiene vicios de inconstitucionalidad, según el fallo de la Sala IV

7/2/23. Hoy en horas de la mañana se reunio la comisión de crimen organizado del Colegio de Abogados con los magistrados de la Sala IV , para exponer su preocupación ante el aumento de la criminalidad. En la mesa principal de izq a der : Magistrado Luis Fernando Salazar,Magistrado Fernando Castillo, Magistrado Fernando Cruz, Magistrado Roberto Garita, por parte del Colegio de Abogados Marcela Ortiz y Roberto Mesen. Foto de Jorge Castillo
7/2/23. Hoy en horas de la mañana se reunio la comisión de crimen organizado del Colegio de Abogados con los magistrados de la Sala IV , para exponer su preocupación ante el aumento de la criminalidad. En la mesa principal de izq a der : Magistrado Luis Fernando Salazar,Magistrado Fernando Castillo, Magistrado Fernando Cruz, Magistrado Roberto Garita, por parte del Colegio de Abogados Marcela Ortiz y Roberto Mesen. Foto de Jorge Castillo JORGE CASTILLO

Un voto de la Sala IV, notificado este martes a la Asamblea Legislativa, aclaró que el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) es el órgano facultado para consultar la constitucionalidad de la denominada “ley jaguar” que el Poder Ejecutivo pretende llevar a referéndum, en vista de que esta no ha sido aprobada en primer debate.

Mediante una resolución tomada por mayoría, los magistrados concluyeron que, si los diputados acuerdan convocar a referendo antes de haber efectuado el primer debate de un proyecto de ley, ellos están declinando la posibilidad consultar si el texto contiene vicios de inconstitucionalidad.

“La Ley de la Jurisdicción Constitucional permite la consulta previa facultativa de constitucionalidad en cualquiera de sus modalidades siempre que sea formulada por el TSE, a quien se le atribuye esta competencia”, expuso la Sala en el fallo completo que declaró inadmisible una consulta planteada por 22 diputados. Estos legisladores procuraban aclarar si la “ley jaguar” violaría la Constitución Política al eliminar controles sobre los fondos públicos.

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