La Procuraduría General de la República opinión que es inconstitucional el nombramiento del obispo luterano Melvin Jiménez como ministro de la Presidencia.
En un criterio enviado a la Sala IV, la institución que ejerce como abogado del Estado coincide con los argumentos de una acción de inconstitucionalidad que estudian los magistrados, presentada por un abogado católico contra el coordinador del equipo de gobierno de Luis Guillermo Solís.
El nombramiento de Jiménez contradice los artículos 75 y 142 de la Constitución Política, concluye el documento firmado por la procuradora general, Ana Lorena Brenes.
El artículo 142, en su inciso 3, dice que un ministro debe ser del estado seglar; es decir, que no debe ser clérigo. El 75, dice que la religión oficial del Estado costarricense es la católica, pero reconociendo la existencia de otras religiones y la libertad para ejercerlas.
La Procuraduría opina que Jiménez, como clérigo luterano, está ejerciendo el cargo de manera inconstitucional al contrariar el artículo 142. Y dice que el 75 también se contraviene porque Luis Guillermo Solís ha insistido en que la prohibición solo rige para los católicos, lo cual estaría causándose una discriminación religiosa contra estos.
"Si el acto impugnado (el nombramiento de Jiménez) conlleva el nombramiento como Ministro de Gobierno de una persona que carece de la condición seglar, aun cuando no pertenezca al clero católico, el acto en sí resulta inconstitucional", se lee en el documento firmado el 16 de julio.
"Creemos que se puede violentar el derecho de igualdad al interpretar que ese artículo sólo afecta a la clase sacerdotal católica. Sería una discriminación odiosa hacia los clérigos católicos", afirmó el procurador adjunto, Alonso Arnesto.
La opinión de la Procuraduría no es necesariamente obligatoria de acatar para los magistrados, que tienen en manos la resolución del la acción de inconstitucionalidad presentada por el abogado Álvaro Orozco, un vecino de Montes de Oca que hace de activista del catolicismo, religión mayoritaria en Costa Rica.
Esta acción está contenida en el expediente 14-009379-0007-CO, en el cual consta también el alegado del presidente Solís y del ministro Jiménez. Ellos, basados en opiniones pasadas del Tribunal Supremo de Elecciones, señalan que la Constitución solo prohíbe nombrar como ministros a clérigos católicos y que, además, Jiménez ya pidió una dispensa de sus tareas obispales en la iglesia luterana de Costa Rica.
Esta dispensa, sin embargo, no le haría perder la categoría de clérigo luterano. "La dispensa no resuelve el problema de incompatibilidad en la medida en que parece conservar el vínculo clerical con su Iglesia", se lee en el documento de la Procuraduría, que tampoco considera como argumento la renuncia hecha por Jiménez al puesto de presidente de la Asociación Iglesia Luterana de Costa Rica, pues se trata de "una renuncia a un cargo administrativo".
El argumento de la Procuraduría contiene fragmentos de las actas de la Asamblea Constituyente de 1949, los cuales señalan que la prohibición de tener un ministro obispo pretende evitar que una persona entre en conflicto al tener que obedecer a dos señores: a su iglesia y al Estado.
Melvin Jiménez fue jefe de campaña de Luis Guillermo Solís y fue designado como ministro de la Presidencia el 8 de mayo, cargo de alta importancia política porque ejerce como coordinador de los demás ministros, vocero del Gobierno y enlace con la Asamblea Legislativa.