El proyecto de ley conocido como Ley Gerson Rosales propone presumir que los policías actuaron en legítima defensa cuando utilicen su arma para repeler una agresión, invertir la carga de la prueba en esos casos y endurecer las penas contra quienes ataquen a oficiales.
Dicha propuesta está incorporada en el paquete de proyectos de seguridad que la presidenta de la República, Laura Fernández, envió el 15 de junio al Congreso, y lleva el nombre de Gerson Rosales Cascante, en honor al oficial de Fuerza Pública asesinado a balazos el 13 de mayo, en Batán de Matina.
¿En qué consiste el texto? El expediente 25.614 consiste en cinco artículos con reformas al Código Penal, el Código Procesal Penal y la Ley de Armas y Explosivos.
Artículo 1
El primer numeral amplía la legítima defensa para defender a familiares y extraños. Además, añade una presunción legal de inocencia a cualquier persona (no solo policías) que utilice un arma bajo ciertas circunstancias extremas, como intrusiones en viviendas, prevención de delitos graves o defensa contra extraños peligrosos.
Por otra parte, se establecería que una persona condenada por agresión a policías no puede recibir el beneficio del monitoreo electrónico ni libertad condicional, y se amplía la pena mínima por resistencia a la autoridad, de un mes a seis meses.
Artículo 2
El segundo artículo plantea que, cuando un policía u oficial de seguridad privada actúe para repeler una agresión, se presumirá en el proceso penal que se cumplen las condiciones de la legítima defensa, y le correspondería a la Fiscalía demostrar lo contrario. A diferencia de la mayoría de procesos penales, se invertiría la carga de la prueba.
Si el Tribunal considera que no existía necesidad racional en el uso del arma, deberá considerar circunstancias atenuantes para rebajar la posible pena contra el policía, como:
- La existencia de un peligro real
- La proporcionalidad entre el daño causado y el daño evitado
- La actuación bajo la influencia de una “fuerza irresistible o impulsada por un miedo insuperable”
- La existencia de provocación por parte del ofendido
Artículo 3
El artículo 3 amplía de seis a 12 horas la facultad de los agentes del Organismo de Investigación Judicial (OIJ) para interrogar a un detenido con fines de la investigación del caso.
Actualmente, la prisión preventiva se justifica si el imputado representa un peligro para la víctima, el denunciante o los testigos. Este numeral amplía esta causal para incluir el riesgo hacia los miembros de los cuerpos policiales que realizaron la detención.
Artículo 4
Asimismo, el artículo 4 propone que se imponga prisión preventiva contra quienes se resistan o agredan a los oficiales al momento de una detención.
Artículo 5
Finalmente, el artículo 5 crea dos nuevas sanciones: una de seis a diez años de cárcel a quien use armas permitidas contra policías, y otra de diez a 15 años a quien utilice contra oficiales armas permitidas no inscritas o prohibidas por la Ley de Armas y Explosivos.
Ambas sanciones se aplicarían sin perjuicio de la pena mayor que corresponda en caso de homicidio.
Abogados alertan de posibles riesgos
Para el abogado constitucionalista Rubén Hernández, este proyecto de ley podría contener vicios de constitucionalidad que dificultarían su trámite en la Asamblea Legislativa.
En su criterio, es una violación a la presunción de inocencia el hecho de que se presuma que un oficial actúa en legítima defensa cuando utilice su arma.
“El proyecto considera que siempre que los policías se defienden actúan en legítima defensa; en consecuencia, el policía y los guardias privados estarían exentos de cometer un delito. Esto es totalmente inconstitucional porque está presumiendo que la persona que actúa en contra del policía o del guardia de seguridad es culpable”, explicó.
“Eso es lo que pasa justamente en los regímenes autocráticos, que lo que dice el policía es santa palabra. Nosotros nos regimos por el sistema contrario. Es decir, aunque sea el policía, pues tiene que demostrar que actuó de acuerdo a derecho y en legítima defensa”, añadió.
Detalló que este proyecto de ley podría violentar el artículo 39 de la Constitución Política, que establece que nadie puede enfrentar una pena sin antes ejercer su defensa.
Por otro lado, Hernández destacó de manera positiva la ampliación de la legítima defensa para la protección de familiares, al considerarlo un punto garantista y proporcionado.
Posibles abusos
Para el abogado penalista Erick Gatgens, el proyecto Gerson Rosales abriría la puerta a abusos por parte de las fuerzas policiales, pues consideró que estas deberían trabajar bajo escenarios de contención.
“Cuando el poder más bien queda a la libre, el riesgo es de que se haga un ejercicio abusivo del poder. Eso es más como un planteamiento inicial de carácter filosófico, el poder necesita tener límites”, señaló.
“Esto plantearía posibilidades de que incluso un policía, frente a un ataque con una piedra, se defienda con una metralleta. Al amparo de esa reforma, una situación de esas podría estar justificada, lo cual sería un absurdo e iría en contra de todo lo que se ha escrito sobre la legítima defensa”, agregó.
Apuntó que esta iniciativa descartaría el concepto de proporcionalidad, que es “una palabra fundamental” en los procesos penales de legítima defensa.
También, fue crítico de la posible inversión de la carga de la prueba, y lo calificó como una medida discriminatoria ya que solo favorecería a los oficiales de policía y agentes de seguridad privados.
Gatgens forma parte de la Comisión de Asuntos Penales del Colegio de Abogados, la cual emitió un informe en el que se detallan fallas técnicas y la violación de principios constitucionales democráticos en las cinco propuestas sobre seguridad presentadas por Fernández.
Sobre la Ley Gerson Rosales, esta comisión consideró como “la reforma más preocupante” que se le otorgarían facultades al OIJ para interrogar a los detenidos. Los abogados recordaron que esta práctica provocó históricamente torturas y presiones para obtener confesiones ilegales.
El informe precisó que la presencia del defensor no elimina el peligro de coacción policial dentro de las celdas.
