Maximiliano Alvarado, presidente de la actual Junta Directiva del Banco Nacional (BN), indicó que la coordinación que debe existir con el Poder Ejecutivo “es estrictamente técnica, no tiene carácter político”.
“Ese ha sido el mandato legal y así ha sido expresamente considerado y observado tanto por parte del Poder Ejecutivo como de la Junta Directiva General del Banco (Nacional)”, apuntó Alvarado en un correo enviado a La Nación.
El jerarca del órgano colegiado expuso que en sus más de 30 años de experiencia en la banca, y los últimos 20 en la Alta Gerencia del Banco Nacional, la coordinación entre las dos partes ha sido para impulsar políticas públicas en beneficio de Costa Rica.
Su respuesta, recibida este lunes, llega luego de que este diario lo consultara, el pasado 14 de agosto, por unas declaraciones que constan en el acta 12.760 de la sesión de Junta Directiva del pasado 15 de julio, en las que se refirió a la percepción de la autonomía de la banca estatal.
En ese momento, Alvarado manifestó que “cuando se dice que los bancos (del Estado) son autónomos, entonces, hay intromisión del Poder Ejecutivo, eso es una mala interpretación, porque la Ley nos obliga, no es que estamos facultados, nos obliga a coordinar las orientaciones del Banco con el Poder Ejecutivo”.
“Al igual que se ha venido haciendo desde hace ya más de siete años, el Banco Nacional seguirá rindiendo cuentas al Consejo de Gobierno y a la Unidad Asesora de la Propiedad Accionaria del Estado sobre los resultados financieros".
— Maximiliano Alvarado, presidente de la Junta Directiva del BN
También dijo: “... todo el mundo cree que los bancos (estatales) son autónomos y son una isla libre e independiente de la República de Costa Rica, del Gobierno, y lo cierto del caso es que la Asamblea de Accionistas de una entidad es el Gobierno, ¿quién es la Asamblea de Accionistas de un banco del Estado?, el Gobierno”.
Alvarado aseguró que no cuestionó la autonomía de los bancos estatales, sino que más bien hizo referencia a lo que establece el artículo 2 de la Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional (1644).
Dicho artículo establece que los bancos estatales son instituciones autónomas de derecho público, con personería jurídica propia e independencia en materia de administración.
No obstante, también agrega que son entes sujetos a la ley en materia de gobierno y tienen que actuar en “estrecha colaboración” con el Poder Ejecutivo, coordinando sus esfuerzos y actividades. Sin embargo, la normativa es clara en que las decisiones sobre las funciones puestas bajo su competencia solo podrán proceder de sus respectivos órganos colegiados.
El presidente de la Junta Directiva del BN precisó que la coordinación con el Ejecutivo debería darse en torno a aspectos de políticas públicas que beneficien el desarrollo económico y social de Costa Rica. Por el momento, según dijo, todavía no se han coordinado “aspectos de políticas públicas que impulsen el desarrollo de nuestro país”.

