La Dirección General de Tributación, de acuerdo con lo establecido en la resolución DGT-R-02-2021, amplió el plazo para que los dueños de las sociedades inactivas presenten la declaración de renta del periodo fiscal 2020.
La modificación, publicada este viernes 22 de enero en el diario La Gaceta, establece que las sociedades inactivas ya no tendrán que presentar la declaración del impuesto sobre la renta en marzo, sino esperar a que la Administración publique un formulario denominado “Declaración Patrimonial para Personas Jurídicas Inactivas”.
Con ello, en un plazo de dos meses y 15 días posterior a la disposición del nuevo documento, los contribuyentes podrán realizar la declaración del impuesto sobre la renta de dichas personerías.
El requisito aplicará para aquellas sociedades que estén registradas bajo el código 960113, es decir, que no despliegan actividad económica.
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Priscilla Piedra, socia de impuestos de la firma Deloitte señala que la ampliación no aplica a las personas jurídicas que al cierre del periodo tienen la condición de inactiva, pero tuvieron actividad económica en algún momento del período fiscal.
En este caso, los propietarios de la sociedad deben cumplir con la declaración por el tiempo que se tuvo la actividad económica.
Adicionalmente, la resolución indica que aquellas sociedades inactivas que deseen presentar el formulario ordinario D-101 lo podrán hacer voluntariamente.
Varios cambios
Felipe Guevara, asociado senior de Consortium Legal explicó que en un principio la Administración Tributaria había dicho que se iba a emitir una declaración especial para que estas sociedades pudieran declarar el impuesto sobre la renta el 15 de marzo del 2021, la D-125.
Posteriormente, en diciembre del 2020, informaron de que las sociedades inactivas debían presentar la declaración del impuesto sobre la renta por medio del formulario D-101, como cualquier contribuyente.
“Esto provocó incertidumbre en las personas, ya que este formulario general de renta es precisamente para empresas que tienen actividad económica, no para aquellas que no lo tienen, por lo que no calzaba”, explicó Guevara.
El anuncio de este nuevo formulario simplificado viene a clarificar esta problemática para las sociedades que tienen que declarar y no tienen ingresos.
Sin embargo, Tributación aún no ha indicado cuándo pondrán a disposición el nuevo formulario, por lo que todavía no hay fecha definida para que las sociedades inactivas declaren.