El próximo 4 de agosto marcará un cambio significativo para los contribuyentes, con la salida de operación del sistema de Administración Tributaria Virtual (ATV) y la entrada en vigencia de Tribu-CR, la nueva herramienta del Ministerio de Hacienda para gestionar las obligaciones fiscales.
El margen para adaptarse será limitado. Apenas dos semanas después, las personas usuarias deberán realizar uno de los trámites más frecuentes del calendario fiscal: la declaración del impuesto al valor agregado (IVA) correspondiente al mes de julio.
Este tributo debe cancelarse 15 días después del período en que se genera la obligación, y en agosto, al coincidir con un feriado, el vencimiento se trasladará al lunes 18.
Mediante una breve demostración virtual, el Ministerio de Hacienda explicó que cada persona inscrita en ATV deberá, antes de gestionar cualquier trámite, registrar un nuevo usuario para acceder al sistema. Una vez autenticadas e ingresadas a su entorno en Tribu-CR, podrán iniciar el proceso de declaración.
Ya tengo usuario: ¿ahora cómo declaro el IVA?
Una vez que el obligado tributario acceda a su oficina virtual, podrá gestionar las distintas declaraciones correspondientes. Para ello, deberá seleccionar la opción “Declaraciones” en el menú ubicado al lado izquierdo de la pantalla.
En esa sección se desplegarán tanto las declaraciones pendientes como las ya presentadas, junto con el estado de los respectivos plazos, ya sea “en plazo” o “fuera de plazo”. En el caso de quienes deban declarar el IVA (documento 150 - Impuesto al Valor Agregado), la declaración aparecerá en el apartado de “Pendientes”, donde deberán seleccionar la opción “Realizar” para completarla.
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En el panel izquierdo, la persona usuaria podrá visualizar las secciones que debe completar. Al centro de la pantalla se habilitará el formulario para ingresar la información correspondiente, mientras que en el lado derecho se mostrará un resumen del monto a pagar, el cual se actualizará conforme avance el llenado de la declaración.
El Ministerio de Hacienda aclaró que, con el nuevo sistema, las personas contribuyentes ya no deben declarar el IVA según la actividad económica, sino con base en las ventas generales; es decir, de acuerdo con la tarifa aplicada en cada transacción.
En una primera etapa, entonces, se debe completar la información relacionada con las ventas generales. En esa sección, se desplegarán las distintas tarifas del impuesto, donde se podrá ingresar el monto total facturado, y el sistema calculará automáticamente el IVA correspondiente según la tarifa aplicable.
El siguiente apartado corresponde a las compras totales, donde la persona usuaria deberá registrar las adquisiciones realizadas durante el periodo, para que el formulario calcule de forma automática el impuesto soportado en cada caso.
Posteriormente, se desplegará el crédito fiscal vinculado con las tarifas reportadas en los dos apartados anteriores. La declaración mostrará al contribuyente los distintos cálculos efectuados y, finalmente, brindará el resultado del impuesto a pagar con su respectivo desglose.
Una vez verificada la información, se debe seleccionar la opción “Presentar” y confirmar la declaración jurada de que los datos ingresados son veraces. Al realizar esta confirmación, el sistema generará automáticamente la declaración.
Hacienda señaló que el sistema se ajustará de manera automática a las obligaciones tributarias específicas de cada persona contribuyente. En caso de que deba aplicarse la proporcionalidad, esta se integrará directamente en el proceso de declaración. Además, la plataforma habilitará los campos adicionales que sean requeridos, de acuerdo con las condiciones particulares de cada usuario.
Métodos de pago
Una vez generada la declaración, los contribuyentes podrán descargar tanto el formulario completo como el acuse de recibo emitido por el Ministerio de Hacienda. Además, tendrán la opción de realizar el pago directamente desde esa misma pantalla o ingresar a la sección de pagos disponible en el menú principal.
En esta última, se desplegará un listado con las obligaciones pendientes, junto con los montos correspondientes. Si se desea cancelar el total adeudado, se podrá seleccionar la opción de pago completo y hacer clic en el botón “Siguiente”. También será posible escoger una obligación específica y efectuar el pago únicamente de esa.
Una vez seleccionada la declaración por pagar, los contribuyentes deberán ingresar el número de cuenta IBAN desde la cual se realizará el débito.
El sistema permite registrar varias cuentas y marcarlas como favoritas (incluyendo tarjetas de crédito), de manera que la persona usuaria pueda escoger desde cuál desea efectuar el pago en cada trámite. Estos débitos no se ejecutan de forma automática para cada declaración, sino que las personas deben seleccionarlas y pagar.
Asimismo, otra opción disponible es realizar el pago mediante cajero automático.
