Para las declaraciones de impuestos y montos de tributos a pagar que vencen a partir de este 5 de mayo, se mantiene el plan de contingencia creado mientras regresa el servicio ATV, que implica que no se pueden presentar las declaraciones, sino solo pagar las obligaciones por medio del formulario D110.
Según había dispuesto la resolución DGT-R-012-2022, del 21 de abril del 2022, si persiste la imposibilidad de ingreso a la Administración Tributaria Virtual (ATV), cuya continuidad fue afectada por el ataque de un ransomware (programa extorsivo), las deudas que vencen el 5 de mayo o con posterioridad a esa fecha, deberán cancelarse en la fecha de vencimiento utilizando el mismo medio que se ha usado hasta ahora para la contingencia.
Silvia González, socia de Impuestos y Legal de Grant Thornton, explicó que las declaraciones se podrán entregar hasta el tercer día hábil posterior a que el Ministerio de Hacienda informe de que se solventó el problema de acceso al sistema ATV. La institución trabaja en la limpieza de sus plataformas y 3.000 equipos de cómputo en todo el país.
Hasta este miércoles 4 de mayo, era el plazo máximo pagar, sin intereses ni sanciones, los impuestos que vencieron desde el 18 de abril de 2022 hasta el 29 del mismo mes, por medio de este formulario. A partir del 5 de mayo comienza el periodo de vencimiento para el pago de una serie de cargas, entre las que se encuentran el Impuesto al Valor Agregado (IVA) tradicional y el impuesto de Rentas de Capital Inmobiliario que pagan quienes alquilan apartamentos o casas.
¿Cómo obtener el EDDI7?
Para pagar los impuestos con el sistema de contingencia lo primero que debe hacer el contribuyente es descargar la herramienta EDDI7, para ello hay varias opciones. Una es obtenerlo en este vínculo:
Ese enlace también se encuentra en las páginas web de los colegios profesionales de Contadores Públicos, Contadores Privados, Ciencias Económicas y de Abogados. Cuando ingresa a esa dirección le pide un código, que es el 1210.
Un detalle importante: la herramienta no está disponible para el sistema operativo de Mac (Apple).
Otra opción es llevar un USB a una de las administraciones tributarias para que se lo descarguen.
Kattia Vargas, subdirectora de Información y Asistencia de la Dirección de Servicio al Contribuyente de la Dirección General de Tributación, explicó, en una charla virtual el 28 de abril pasado, que no se puede usar un CD, ni un DVD para cargar la información.
“Si algún contribuyente no pudiera descargar de una de estas páginas la herramienta e instalarla, tendría que dirigirse a la administración más cercana con un dispositivo o unidad de disco extraíble llamado USB para que le cargue la herramienta”, comentó Rivera.
Si definitivamente el contribuyente no pudo descargar la herramienta en la computadora se habilitaron quioscos de atención para que las personas puedan confeccionar los recibos de pago en computadoras que ya tienen el EDDI7. Esos quioscos se ubican en la Universidad Fidélitas (Parque La Libertad, Patarrá, Desamparados, de 8:00 am a 4:00 pm), en las sedes centrales del Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas, Contadores Públicos y Contadores Privados.
Además, el Colegio de Contadores Privados puso a disposición la casa del contador que hay en San Carlos, Turrialba, Santa Cruz, Puntarenas, Heredia, Cartago, Alajuela, San Ramón, Brunca, Nicoya, Los Santos y Caribe. También hay quioscos en las administraciones tributarias de Alajuela, Cartago, Guanacaste, Heredia, Limón, Puntarenas, San José Este, San José Oeste, Zona Norte.
Rivera explicó que para llenar ese formulario se deben tener a mano estos datos: número de identificación de la persona que realizará el pago o número de identificación del representante legal (si es una persona jurídica), nombre del impuesto a cancelar y el monto a cancelar.
Consejos para descargar EDDI7
Alan Rosales, funcionario de la Dirección de Grandes Contribuyentes, brindó en la charla digital algunos consejos para descargar la herramienta EDDI7.
Explicó que el EDDI7 es un archivo “.zip” que está estructurado en dos archivos, uno es el instalador y otro es el SIC (contiene nombre y cédula de todo el padrón), que es necesario instalarlo también para que el EDDI7 pueda funcionar.
Advirtió de que a la hora de poder descomprimir estos archivos hay que tener el programa para descomprimir (el “WinRAR”) actualizado, porque si se intenta descomprimir con una versión vieja no muestra toda la información o va a dar error. Como mínimo se requiere la versión 6.11. El espacio que se necesita en la computadora para instalar ambos programas es de 1,4 gigas de espacio libre en el disco.
Antes de instalar el EDDI7 hay que tener instalados el Microsoft NET Framework 3.5 y Crystal Reports (la que pide el programa como mínimo es la del 2008). Con solo ponerlos en el buscador de Google se encuentran.
También se requiere un procesador de 2 GHz o superior y una impresora láser o inyección de tinta, porque el recibo que imprime el EDDI7 tiene un código de barras y este es el que los bancos escanean y el que usan para archivar la información.
Además, aconsejó que si tiene una versión anterior del EDDI 7, la desinstale del ordenador para que no entre en conflicto con la nueva versión. Cuando abra el EDDI7, le va a salir una pantalla para que se registre, ya sea persona física o jurídica. Se pueden registrar varios contribuyentes.
Si se tiene duda de un número de cédula, en EDDI7 se puede acceder al SIC y ahí puede hacer la consulta tanto para persona física como jurídica.
¿Cómo se hace el recibo en el EDDI7?
Una vez instalado el EDDI7, se va a la pestaña “registro” y hace el registro del contribuyente, que consiste en completar los datos que se le piden. Luego hay una pestaña que dice “D110″ y entonces se escoge ese para generar el recibo oficial de pago.
Ahí selecciona el impuesto a pagar y el código del concepto, que es si es por tema de declaración, resolución o liquidación, entre otras opciones, y la clasificación del tributo, que puede ser tradicional o el simplificado. También se selecciona el mes y el año y le da aceptar.
Entonces el sistema le despliega lo que completó en un formulario y ahí coloca el monto del impuesto a pagar e imprime el formulario.
Según la resolución de la Dirección General de Tributación, la cancelación mediante el recibo oficial de pago D.110, versión PDF, puede realizarse en los bancos BAC San José, Cathay, BCT, Promérica Scotiabank, Banco de Costa Rica, Davivienda y Lafise.
Facturas electrónicas
Para quienes no han podido utilizar el facturador electrónico gratuito que ofrecía el Ministerio de Hacienda, que está caído debido al ciberataque, se aplica el Reglamento de Comprobantes Electrónicos para Efectos Tributarios (número 41820-H) el cual contiene en su artículo 23 medidas de contingencia que se pueden aplicar a esta situación.
“En caso de que el sistema para la emisión de comprobantes electrónicos no pueda ser utilizado por situaciones de caso fortuito, fuerza mayor, al encontrarse fuera del control del emisor, se debe hacer uso de comprobantes preimpresos emitidos por una imprenta debidamente autorizada por la Administración Tributaria o por sistemas computarizados que cumplan con la normativa que regula este tipo de comprobantes, y adicionalmente con la leyenda denominada ‘comprobante provisional’”, indica dicho artículo.
Para estos usuarios especialmente la plataforma Unbilling publicó el 4 de mayo un comunicado en el cual ofrece 10 facturas electrónicas sin costo alguno.
Para obtener el servicio gratuito debe ingresarse al sitio www.unbilling.com y buscar la opción #ciberAyuda, y así se puede aprovechar la regalía.
Unbilling ha sido desarrollado con tecnología Microsoft para proveer aplicaciones como factura electrónica, bajo la infraestructura de nube número uno, detalla el comunicado.