Finanzas

Columna Clave Fiscal: Exención del IVA en tarifas residenciales de agua

La ley contempla el pago para consumos superiores a 30 metros cúbicos. ¿Qué pasa con los condominios de bien social que tienen un solo medidor?

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La Ley No. 9635 del 3 de diciembre de 2018, denominada “Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas” (LFFP), en su Título I, Ley del Impuesto sobre el Valor Agregado (LIVA), grava taxativamente el consumo de agua residencial que supere los 30 metros cúbicos (m³).








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