Economía

Correcciones necesarias en los reglamentos

El nuevo período arranca el 1 de julio y eso implica el cierre al 30 de junio del período actual, pero la propuesta de reglamento relega la aplicación de las reglas nuevas hasta el 30 de setiembre o a la fecha de cierre que tengan las empresas

29/09/2017 Señor Francisco Villalobos columnista de Clave Fiscal, en Economía de La Nación.
29/09/2017 Señor Francisco Villalobos columnista de Clave Fiscal, en Economía de La Nación. Marvin Caravaca

De las propuestas de reglamentos tibutarios publicadas hasta el momento, tres aspectos requieren atención prioritaria: el período fiscal, las rentas del capital inmobiliario y las “holdings”.

Respecto de lo primero, se requiere una corrección, pues no se podría posponer la entrada en vigencia de una ley que es lo que parece estarse haciendo.

El nuevo período arranca el 1 de julio y eso implica el cierre al 30 de junio del período actual, pero la propuesta relega la aplicación de las reglas nuevas hasta el 30 de setiembre o a la fecha de cierre que tengan las empresas: las que cierran en diciembre, aplicarían las reglas actuales y no las nuevas que aplicarían a partir de enero del 2020.

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