La Sala Constitucional ordenó retirar de circulación nacional todos los insecticidas que contengan el químico Fipronil, tras acreditar la grave afectación que este producto ha causado a las poblaciones de abejas en la zona de Lepanto, Puntarenas.
Mediante una resolución unánime, bajo el expediente 25-020934-0007-CO, el Tribunal concluyó que se configuró una transgresión al derecho de los ciudadanos a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado.
El caso se originó a raíz de un recurso de amparo interpuesto por productores dedicados a la apicultura y meliponicultura, quienes desde el año 2024 documentaron una drástica mortandad en sus apiarios.
Según los denunciantes, se perdieron al menos 24 colonias de abejas nativas y se produjeron daños severos en más de 300 colmenas de Apis mellifera, lo que representó una reducción poblacional cercana al 70%.
Los apicultores vincularon esta crisis ecológica con la intensificación en el uso de insecticidas en las plantaciones de mango de la zona conocida como “La Penca”.
A pesar de la gravedad de la situación, los afectados denunciaron inacción estatal. Según el recurso, al acudir al Ministerio de Salud, al Servicio Nacional de Salud Animal (Senasa) y al Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), las autoridades no realizaron inspecciones oportunas y el Senasa apenas analizó una muestra inicial.
Para emitir el fallo, los magistrados se basaron en pruebas científicas:
- Reportes del Senasa y del Lanaseve confirmaron la presencia de Fipronil y su metabolito en las abejas muertas.
- Estudios del Instituto Regional de Estudios en Sustancias Tóxicas (IRET) de la Universidad Nacional hallaron el insecticida en niveles letales.
- Criterios de la Universidad de Costa Rica (UCR) documentaron la alta toxicidad para los polinizadores.
La sentencia ordena directamente a Luis Fernando Vargas Pérez, ministro a.i. del MAG, y a Luis Alberto Matamoros Cortés, director general del Senasa, acatar los parámetros del Decreto Ejecutivo N° 45522-MAG-S-MINAE y proceder a sacar el agroquímico del mercado de forma inmediata.
Los magistrados dejaron en claro que “la prohibición del insecticida Fipronil en nuestro país es absoluta” debido a los mortales efectos generados en las abejas, así como su impacto nocivo en la salud, la biodiversidad y el medio ambiente de Costa Rica.
Como medida preventiva, la Sala Constitucional instruyó al MAG a realizar una rigurosa supervisión en las fincas agrícolas para evitar el incumplimiento de la norma.
Finalmente, se condenó al Estado al pago de costas, daños y perjuicios. El Tribunal advirtió a las autoridades que el desatender esta orden constitucional conlleva penas de prisión de tres meses a dos años o de 20 a 60 días multa.
