El 20 de febrero del 2011, durante los carnavales de Puntarenas, un oficial de la Fuerza Pública de apellido Rosales arrestó a un hombre luego de un altercado con otro sujeto.
El oficial, abusando de su cargo y sabiendo que estaba haciendo un fuerte sol, no permitió que el agraviado se pusiera unas chancletas y lo obligó a caminar descalzo por el pavimento hasta el puesto policial, que estaba a 800 metros. La víctima sufrió quemaduras de segundo grado en los pies que le causaron una incapacidad de un mes.
Por estos hechos, Rosales fue acusado por los delitos de abuso de autoridad y lesiones leves, según consta en el expediente 11-000444-0061-PE.
Debido a que el imputado era un funcionario del Estado, el caso se tramitó en la Jurisdicción Penal de Hacienda y de la Función Pública, con sede en Goicoechea. La audiencia preliminar fue en el 2016 y el juicio se programó para el 3 de febrero del 2020.
Sin embargo, el debate no arrancó ese día porque la defensa alegó que la causa estaba prescrita. Al día siguiente, un juez del Tribunal Penal de Hacienda dictó un sobreseimiento definitivo a favor de Rosales porque la acción penal se extinguió desde el 16 de abril del 2018.
Lo sucedido en este caso es muy similar a lo acontecido en otros cinco expedientes contra funcionarios del Estado, cuyos procesos caducaron mientras eran tramitados en dicho tribunal, reveló un informe de la Auditoría Judicial entregado el pasado 27 de mayo al Consejo Superior del Poder Judicial.
El estudio, que forma parte de un plan para verificar el funcionamiento de los diversos despachos judiciales del país, analizó los trámites de señalamientos, la declaratoria de rebeldías y la prescripción en expedientes a cargo del Tribunal Penal de Hacienda, durante el periodo comprendido entre el 1.° de enero del 2019 y el 31 de octubre del 2020.
El objetivo del análisis era verificar el funcionamiento y hacer recomendaciones de mejora, las cuales fueron entregadas a los jueces coordinadores del tribunal y al Consejo Superior, para posteriormente darles seguimiento.
La Jurisdicción Penal de Hacienda y de la Función Pública, compuesta por juzgado y tribunal, funciona desde mayo del 2003 y opera en los Tribunales de Goicoechea. Se le dio la competencia de atender los delitos contra los deberes de la función pública, los tributarios y los hechos establecidos en la Ley sobre el Enriquecimiento Ilícito.
Según datos del análisis, el tribunal, al cerrar el 2019, contaba con un total de 1.858 expedientes en trámite y, al 31 de octubre del 2020, la cifra creció a 2.054 legajos.
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Control inefectivo
La Auditoría Judicial explicó que, en el caso de las prescripciones, se analizó una muestra de 90 expedientes de un total de 187 legajos, los cuales fueron finalizados en el lapso de estudio. En nueve de esas causas, el proceso terminó debido a que se extinguió la acción penal.
“Seis expedientes llegaron a esa condición (prescripción) por responsabilidad de la dependencia bajo análisis y, en tres expedientes, por otras circunstancias que no son responsabilidad de la oficina bajo estudio, como lo fueron la rebeldía del imputado en la etapa de apelación, y otro durante la investigación”, refiere el documento.
Según los auditores, los casos fenecieron porque “el tipo de control implementado no ha sido efectivo, por cuanto esta Auditoría confirmó la prescripción de casos esperando señalamiento, y otros esperando el debate.
“En las distintas secciones del tribunal, los controles no son uniformes. En cada una se corroboraron distintas formas de registrar los plazos de prescripción, sin que hayan sido debidamente formalizadas por la jerarquía del despacho”.
El documento judicial advierte de que la prescripción de estos asuntos puede afectar la imagen institucional, pues “al no llegar estos casos a un juicio, no se cumple con el principio de justicia pronta y cumplida”.
Además, afirman que se está provocando “impunidad en delitos, lo cual conlleva a una desconfianza en el sistema y, finalmente, hay una imposibilidad de resarcir moral, legal y económicamente a la parte ofendida, con la consiguiente insatisfacción por la inoperancia del sistema judicial”.
Suspensiones y reprogramaciones
Otros de los temas vistos por los auditores judiciales en el Tribunal Penal de Hacienda fueron las suspensiones de los juicios y su reprogramación.
En este punto, se analizaron 20 expedientes en los cuales se encontraron 51 suspensiones del debate. Se determinó que 22 se dieron el propio día del juicio, con el consecuente perjuicio para las partes.
“En las 51 suspensiones, también se analizó el lapso transcurrido desde el auto de suspensión emitido por el Tribunal hasta la fecha del nuevo señalamiento, precisando que un 25,5% (13) las fijaron el mismo día, un 17,6% (9) dentro de 30 días siguientes, 21,6% (11) se hicieron seis meses después; un 13,7% (7), en un año y, el restante 11,8% (6) superaron esa duración. Un 9,8% (5) se encuentra pendiente para litigio”, añade el documento judicial.
Los auditores encontraron, además, que en 22 de las 51 suspensiones, las nuevas fechas para el juicio fueron señaladas a un plazo inferior de 180 días (seis meses), 24 se fijaron en menos de 360 días (un año), y las 25 restantes se aplazaron hasta en más de dos años.
“Si bien las nuevas fechas se asignan fundamentándose en el tipo de delito y plazo de prescripción, en el plano administrativo debe considerarse la opción de sumar eficacia a la gestión, por lo cual los debates asignados con un plazo mayor a dos años podrían afectar esa productividad”, dice el estudio.
A los auditores les llamó la atención lo sucedido con la “sumaria 11-000015-0033-PE, la cual consigna como fecha de ingreso a ese despacho el 20 de julio del 2017, siendo señalado para audiencia en tres oportunidades y las tres veces ha sido suspendida, sin encontrar en el expediente mayor explicación del porqué la suspensión”.
El expediente 11-000015-0033-PE investiga una causa contra el exdiputado liberacionista Jorge Angulo Mora por, presuntamente, haberles exigido dinero a los dueños de la constructora COIN KRJ para mantener la adjudicación de un contrato en San Vito de Coto Brus, Puntarenas.
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Por los hechos, el Ministerio Público acusó a Angulo, legislador durante el periodo 2010-2014, del delito de concusión, que se castiga con prisión de dos a ocho años.
Este caso sucedió en el 2010 y tiene que ver con un contrato que otorgó la Junta de Desarrollo Regional de la Zona Sur (Judesur) para la construcción del Liceo Italo-Costarricense, en San Vito de Coto Brus. La obra tenía un costo de ¢705 millones y beneficiaba a 250 alumnos.
La oficina de prensa de la Corte informó de que este caso está señalado para juicio entre el 14 de febrero y el 4 de marzo del 2022. Esto significa que el juicio se realizará 12 años después de denunciados los hechos.
Paralelamente, fueron encontrados tres expedientes que llevan de dos años y medio a más de tres años esperando a que sea designada la fecha de juicio. “Esos lapsos no están acorde con la eficacia esperada de acuerdo con lo regulado al respecto en el Poder Judicial”, refiere el documento.
Para la Auditoría Judicial, tales retrasos en la realización de los debates podrían generar que las partes involucradas olviden detalles importantes sobre los hechos acontecidos e impacten negativamente la administración de justicia.
Asimismo, hicieron ver que la tardanza provocaría dificultades para ubicar a los intervinientes por cambios de domicilio, potenciales fugas o fallecimiento de personas. “Eso podría aumentar las posibilidades de prescripción de la acción penal de los delitos y, con ello, la posibilidad de no obtener, de quienes corresponda, indemnizaciones civiles”, añade el estudio.
El informe menciona que también se hizo un análisis de 13 expedientes (de un total de 34 asuntos en los cuales se declaró la rebeldía del imputado y que fueron tramitados de enero del 2011 al 2 de setiembre del 2020), en los cuales se encontraron dos casos en los que el Tribunal Penal de Hacienda tardó 18 días naturales en uno, y 41 días naturales en el otro, para dictar la rebeldía, cuando lo ideal es que sea en el mismo momento en que se determina la ausencia injustificada del imputado.