
La defensa del expresidente de la República, Óscar Arias Sánchez, alegó que la acción penal en el caso Crucitas esta prescrita.
Así lo expusieron los abogados Francisco Castillo y Rodolfo Brenes cuando les tocó rebatir la acusación del Ministerio Público durante la audiencia preliminar que se realiza en los Tribunales de Goicoechea.
Al exmandatario se le acusa de dos delitos de prevaricato, por supuestamente dictar resoluciones contrarias a la ley y fundadas en hechos falsos cuando se firmó un decreto que declaró de interés público la explotación minera en Crucitas de Cutris, San Carlos.
"Consideramos que la audiencia se desarrolló en términos positivos en el tanto que el Ministerio Público presentó una acusación muy débil, carente de prueba, con mucho problema de razonamiento lógico y jurídico, que hace que nosotros estimemos que se deba dictar un sobreseimiento en esta causa.
“Ademas, los hechos están claramente prescritos, aún antes de que se reabriera el expediente”, dijo Brenes.
Poco antes del mediodía, la jueza Karla Bonilla Ballestero, a cargo del tribunal, cerró la audiencia y comunicó a todas las partes que estará resolviendo en los próximos días. El fallo lo comunicará por escrito.
Después de analizar las diversas posiciones, Bonilla deberá determinar si se cumplieron todas las disposiciones para elevar la acusación a juicio, o bien si acepta el alegato de Arias de que la acción penal está prescrita.
Para el Ministerio Público, Óscar Arias, presuntamente, sería responsable de dos delitos de prevaricato, pues al “convalidar y subsanar” la concesión minera a Industrias Infinito, en el 2008, lo habría hecho a sabiendas de que ese permiso había sido derogado por la Sala IV cuatro años atrás, y a pesar de que el proyecto, al parecer, carecía de un nuevo estudio de impacto ambiental.
Asimismo, le atribuye declarar de conveniencia nacional el proyecto sin que, supuestamente, existiera un análisis de costo-beneficio que demostrara que una deforestación de 192 hectáreas de bosque generaría mayores beneficios sociales que el impacto socio-ambiental.
Por estos mismos hechos también están acusados por prevaricato el exministro de Ambiente Roberto Dobles Mora y otros seis funcionarios de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (Setena) de apellidos Lezama Fernández, Boza Quesada, Cruz Ramírez, Corrales Arias, Espinoza Valverde y Cavallini Chinchilla.
Estos últimos ya fueron llevados a juicio en el 2015. En ese debate se condenó a Dobles por prevaricato y se absolvió a los otros implicados. Empero, luego de impugnaciones, un Tribunal de Apelación de Sentencia ordenó un nuevo debate.
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En setiembre del 2017, cuando se iba a realizar el nuevo debate, el Tribunal Penal de Hacienda devolvió aún más el proceso, hasta su etapa inicial, tras considerar que primero era necesario analizar si el expresidente Arias debía o no, ser acusado.
La Fiscalía –a cargo de Jorge Chavarría Guzmán–, había desestimado ese proceso desde el 2014.
Empero, el pasado 22 de agosto, la Fiscalía General de la República presentó la acusación contra Óscar Arias por dos aparentes delitos de prevaricato, los cuales él habría cometido en octubre del 2008, cuando firmó el decreto que declaró de interés público y conveniencia nacional el proyecto minero Crucitas.
Los legajos en que figuran Arias y Dobles fueron acumulados para conocer en un mismo juicio.
Sin embargo, esa decisión fue impugnada por la defensa del exmandatario al presentar un habeas corpus ante la Sala IV, al argumentar que se trata de una acumulación indebida de expedientes, con lo cual se están amenazando los derechos constitucionales de Arias. Esa acción fue acogida para estudio por los magistrados.
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