
Una abogada de la Contraloría de Servicios del Ministerio de Obras Públicas y Transporte (MOPT) salió de Costa Rica mientras estaba en periodo de incapacidad, según una denuncia presentada por la dirección de esa Contraloría.
Una denuncia presentada el 11 de junio del 2024 afirma que la funcionaria, de apellido García, estaba incapacitada desde el 2019, “percibiendo los derechos normativos que tiene todo funcionario público en su condición”. Esta aseveración llevó al Departamento de Relaciones Laborales a abrir una investigación preliminar, en la cual solicitaron los movimientos migratorios de la funcionaria a la Dirección General de Migración y Extranjería, según consta en el diario oficial La Gaceta del lunes 31 de marzo.
Dicho reporte reveló que García salió del país en seis ocasiones mientras gozaba de la incapacidad: el 5 de setiembre del 2021; el 13 de abril, 8 de mayo y 2 de diciembre del 2022; el 1.° de mayo del 2023; así como el 8 de junio del 2024, tres días antes de presentada la denuncia.
Por estos hechos, el entonces ministro del MOPT, Mauricio Batalla, ordenó el 1.° de octubre abrir un procedimiento administrativo disciplinario contra García, por supuestas faltas graves.
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Incumplimiento al pago de prohibición
La denuncia incluye otro presunto hecho irregular, identificado también por la dirección de la Contraloría de Servicios.
El 10 de junio del 2024, la hija de García se apersonó para presentar documentos ante dicha Contraloría para solicitar un permiso sin goce de salario. Por error, habría incluido un documento con la fecha de dos días antes, firmado por García y con sello del Colegio de Abogados, en el que la mujer habría autenticado la firma de una persona ajena al MOPT, a pesar de que García cuenta con el pago de prohibición. Este plus salarial le impide desempeñar sus funciones en cualquier otro puesto y consiste en un 65% del salario base, salvo que exista un régimen especial de remuneración para el funcionario público.
Por ambos hechos, la abogada habría violentado el deber de probidad establecido en Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, el cual obliga a los funcionarios a “administrar los recursos públicos con apego a los principios de legalidad, eficacia, economía y eficiencia, rindiendo cuentas satisfactoriamente”. Esta falta puede ser sancionada con la separación del cargo sin responsabilidad patronal, según el artículo 4 de esa normativa.
Además, habría infringido el artículo 41, incluso 28, del Reglamento Autónomo de Servicios del MOPT, el cual estipula: “Velar porque la buena imagen de la institución, ante compañeros y personas ajenas al ministerio, no se deteriore ni se comprometa con comportamientos y actitudes que atenten contra las buenas costumbres, la moral y el orden, dentro y fuera de la jornada laboral”, lo que la expone desde una suspensión sin goce de salario de 15 días naturales, hasta un despido sin responsabilidad patronal.
Tras la apertura de la investigación, García fue convocada a una audiencia oral y privada para el próximo miércoles 23 de abril, en la Sección de Asuntos Internos de la Dirección Jurídica del MOPT, donde podrá presentar su versión de los acontecimientos con la presencia de su abogado.
Salidas solo con justificación
Para que un empleado con incapacidad pueda salir del país, deberá contar con un dictamen médico que lo justifique y lo avale, explicó a La Nación el abogado laboral Marco Durante.
Durante detalló que este punto fue incluido en una reforma al Reglamento de Incapacidades de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), el cual detalla las obligaciones que tienen los trabajadores al incapacitarse.
“El reglamento de incapacidades de la Caja expresamente indica que la incapacidad otorgada por un médico implica un compromiso del trabajador a guardar reposo absoluto para poder recuperarse a la mayor brevedad posible, cuando hay una incapacidad hay un subsidio que paga la Caja a partir del cuarto día, y un subsidio para los primeros tres días, que lo paga el patrono al 50%”, precisó.
Este subsidio toma como base el promedio de los últimos 12 salarios reportados.
El abogado explicó que si se detecta una posible falta por parte del empleado, el patrono podría iniciar un trámite para sancionar el incumplimiento al deber de reposo absoluto que tiene el trabajador y según la gravedad, incluso podría llegarse a un despido sin responsabilidad patronal, y por parte de la Caja, un procedimiento administrativo para recobrar lo pagado al trabajador en subsidios por incapacidad.
El Reglamento de Incapacidades detalla que “cuando se compruebe que efectivamente el asegurado activo incumplió con la inhabilitación señalada anteriormente, la Caja deberá recuperar los montos pagados, mediante los procedimientos administrativos establecidos. Lo anterior sin perjuicio de la denuncia que corresponda ante el Ministerio Público de aquel asegurado activo que se vale de medios espurios para obtener una incapacidad”.
La publicación en La Gaceta no detalla cuánto dinero tendría que devolver la funcionaria del MOPT en caso de comprobarse su falta grave.
