Fútbol Nacional

Expresidente del Tribunal Disciplinario cree que Hernán Medford, Yosimar Arias y Johan Condega no merecían multa

Luis Diego Corella, expresidente del Tribunal Disciplinario, explica por qué considera que el polémico artículo no se está aplicando de manera correcta en el fútbol nacional

Municipal Grecia vs. ADG
Rafael Pacheco Granados

La multa de ¢1 millón por hablar de los árbitros que se estrenó en el partido entre Saprissa y Guanacasteca genera todo un debate y expone cuestionamientos sobre una “ley mordaza” en el fútbol.

Todo surge con la aparición del artículo 44 Bis en el Reglamento Disciplinario, referente a manifestaciones peyorativas, ofensivas y despectivas en contra del arbitraje.

Ahí se señala que quien se refiera a los árbitros, al cuarteto arbitral y/o a la Comisión de Arbitraje y sus miembros de manera peyorativa, en son de burla, de forma despectiva u ofensiva a través de medios de comunicación o por medio de redes sociales, se sancionará con una multa de ¢1 millón la primera ocasión, la segunda ocasión con una multa de ¢2 millones y la tercera vez y siguientes con una multa de ¢3 millones. También estipula que para la sanción descrita en este artículo, el Tribunal podrá actuar a solicitud de parte o de oficio.

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