
La presidenta de la República, Laura Fernández, declaró secreto de Estado cualquier información relacionada con el Consejo Nacional de Seguridad Pública, la Dirección de Inteligencia y Seguridad Nacional (DIS), el grupo de trabajo Fuerza Élite, así como cualquier otra coordinación que sobre el tema de seguridad y defensa del Estado dirija la Presidencia de la República.
La declaratoria fue emitida en el decreto 45870, publicada en La Gaceta de este lunes. Además, fue firmada por el ministro de Seguridad, Gerald Campos.
Según el documento firmado por la presidenta, la declaratoria se emite por razones de interés público, seguridad y defensa nacionales. Por haberse declarado “confidencial y de acceso restringido”, según el decreto, se encuentra exceptuada de la consulta pública.
Se declaró también como secreto de Estado la articulación institucional derivada del Decreto Ejecutivo 39449-MPSP, Reglamento sobre la Protección de los Jerarcas del Poder Ejecutivo y Dignatarios.
La Fuerza Élite está conformada por Fernández y otros altos jerarcas del Estado, como los ministros de Seguridad y Justicia, que se reúne cada lunes para abordar la lucha contra el crimen organizado.
Según el texto de la norma, la declaratoria responde al riesgo que representan estructuras criminales ligadas al narcotráfico, el sicariato y el lavado de dinero. El gobierno argumentó que divulgar estos datos revelaría vulnerabilidades institucionales y pondría en peligro la vida de funcionarios y sus familias.
Amplio secreto
El decreto definió un amplio margen de elementos sujetos al secreto de Estado. Sobre los documentos declarados, se incluyó “pero no se limita” a lo relacionado con las formas de operación de la delincuencia organizada y las dinámicas policiales de prospección y despliegue; las capacidades operativas; los procedimientos especiales; los planes de respuesta; las estructuras de mando; los protocolos de intervención; los recursos tecnológicos; los mecanismos de inteligencia; la coordinación interinstitucional; las bitácoras de acuerdos; las presentaciones sobre diversas estrategias de acción policial; las gestiones de control; los protocolos de evaluación de confiabilidad y sus resultados; los planes de protección a funcionarios; las partidas, rubros de gastos y presupuestos.
También comprende la totalidad de las actuaciones y expedientes administrativos, estudios previos, requerimientos técnicos, ofertas, adjudicaciones, financiamientos, contratos y fases de ejecución de los procedimientos de contratación pública que se promuevan o ejecuten para el uso o en beneficio de los fines del Consejo, la DIS y la “Fuerza Élite”, así como las sesiones, reuniones, grabaciones, planes y acuerdos concretos generados en su seno.
En esa misma línea, el decreto declara secreto de Estado cualquier acción u operación relacionada con la seguridad y defensa nacionales que ordene o coordine la Presidencia de la República con el respectivo ministro del ramo o cualquier otro actor involucrado.
La declaratoria de secreto de Estado y la restricción absoluta de acceso regirán con independencia de que las contrataciones se realicen con instituciones del Estado, entes públicos no estatales, consorcios o entidades privadas, nacionales o extranjeras. El decreto establece, además, la prohibición de divulgar esta información.
Cualquier persona vinculada a los temas declarados secretos de Estado está obligada a guardar absoluta confidencialidad y privacidad de los asuntos que ahí se discutan o que de forma directa o indirecta puedan percibir y conocer con ocasión de su participación.
Según el decreto, a quien incumpla lo dispuesto se le aplicarán los procedimientos y las sanciones correspondientes al quebrantamiento del secreto de Estado, así como la finalización de la relación contractual de pleno derecho y sin responsabilidad para la Administración Pública.
