
La influencia de los líderes religiosos en la decisión de voto de los costarricenses es limitada, según la más reciente encuesta del Instituto de Estudios Sociales en Población (Idespo) de la Universidad Nacional (UNA) sobre las elecciones nacionales del 1.º de febrero.
El estudio, aplicado tras la jornada electoral, consultó a la ciudadanía sobre distintos factores que pudieron incidir en su decisión en las urnas. Entre ellos, los comentarios de líderes religiosos se ubicaron entre los elementos de menor peso dentro del conjunto analizado.
Los resultados sitúan esta influencia por debajo de factores vinculados al contexto nacional, a la dinámica de campaña e incluso a entornos cercanos como el laboral, lo que sugiere que las orientaciones religiosas tienen un impacto reducido frente a preocupaciones de carácter político, social y económico.
La encuesta se aplicó a 1.291 personas entre el 3 y el 10 de febrero, mediante llamadas a teléfonos celulares, con un margen de error de ±2,7 puntos porcentuales y un nivel de confianza del 95%.
Durante la campaña electoral el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) emitió una medida cautelar que ordenó a los entonces candidatos presidenciales Laura Fernández y Fabricio Alvarado abstenerse de realizar manifestaciones públicas que, directa o implícitamente, llamaran a votar con base en razones o símbolos religiosos.
Asimismo, el Tribunal dispuso detener la difusión del folleto titulado “¿Por qué los cristianos evangélicos deben votar por el partido Pueblo Soberano?”, instrucción dirigida al pastor Reynaldo Salazar Salazar; al secretario general del partido oficialista Pueblo Soberano, Francisco Gamboa Soto; a la Federación Alianza Evangélica Costarricense; a la Asociación Templo Bíblico Internacional y al Foro Mi País.
La resolución respondió a recursos de amparo interpuestos por Marco Antonio Morales Albertazzi y Mauricio Ordóñez Chacón, relacionados —entre otros aspectos— con la entrega de material propagandístico a favor de la candidata Fernández en un encuentro de pastores evangélicos realizado el 15 de enero en el Templo Bíblico, en Tibás.
En esa actividad, Salazar instó a los líderes religiosos a distribuir folletos entre sus feligreses con argumentos para respaldar a Pueblo Soberano.
El artículo 28 de la Constitución Política establece la prohibición de realizar “propaganda política por clérigos o seglares invocando motivos de religión o valiéndose, como medio, de creencias religiosas”.
