Política

Elección de magistrados suplentes está en el limbo: seis claves para entender cómo funciona el proceso

La disputa para designar las magistraturas suplentes no es por nombres, sino por las reglas del proceso de elección de los candidatos que el Poder Judicial envía a la Asamblea Legislativa

Fotos de Archivo Corte Plena, Poder judicial
En el corazón del conflicto, está la oposición del oficialismo de que el Poder Judicial sea el que defina la lista de candidatos sobre la cual se debe pronunciar la Asamblea Legislativa. JOHN DURAN
Fotos de Archivo Corte Plena, Poder judicial
En el corazón del conflicto está la oposición del oficialismo de que sea el Poder Judicial el que defina la lista de candidatos, sobre la cual se debe pronunciar la Asamblea Legislativa. (JOHN DURAN/John Durán)

La elección de nueve magistrados suplentes de la Sala Constitucional al cierre del periodo de la pasada Asamblea Legislativa (2022-2026) quedó en el limbo, luego de que la bancada oficialista, junto con sus aliados de Nueva República, la mitad de la fracción de la Unidad Social Cristiana (PUSC), dos diputados de Liberación Nacional (PLN) y dos independientes, bloquearan los procesos de votación.

La justificación, expuesta por Pilar Cisneros, entonces jefa de la bancada de gobierno, es su oposición al mecanismo actual mediante el cual el Poder Judicial elabora la lista de candidatos a magistraturas suplentes. Dicha nómina es remitida a la Asamblea Legislativa, que se encarga de analizar los perfiles y decidir a cuáles postulantes elige —o si opta por no designar a ninguno—.

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