
La diputada de gobierno, Ada Acuña, admitió que existe una duda de constitucionalidad respecto a su proyecto de ley para permitir el retiro total de los fondos del Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias (ROP), por cuanto este plan tocaría las pensiones de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) de la CCSS.
“Hay una duda y es que, al tocar nosotros el IVM, si es constitucional o no. Bueno, podemos mandar a solicitar ese análisis”, dijo Acuña en una entrevista con los medios de la Asamblea Legislativa.
El expediente 24984 propone una reforma a la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) para establecer que el IVM no puede otorgar una pensión inferior al 52,5% del salario de referencia del trabajador.
Dicho salario es el promedio de los mejores sueldos devengados durante los últimos 25 años del trabajador.
La reforma a la Ley de CCSS se incluye para empatarla con la entrega del ROP, pues el texto impulsado por Acuña establece que se deberá dar la totalidad de los fondos de la pensión complementaria a quienes reciban como pensión más del 52,5% del salario de referencia.
Este cambio supondría una mayor carga financiera para la CCSS, pues actualmente, en el IVM, el salario de referencia va del 42% al 53%. Mientras más bajo fue el salario, mayor es el monto y viceversa. En la práctica, el plan equivale a subir las pensiones del IVM a las personas de mayores ingresos.
El problema, según la CCSS, es que el régimen del IVM no tiene capacidad económica de cumplir con la exigencia que le impondría esta ley, en vista de que no se aporta una fuente de financiamiento. Además, en el expediente, no constan informes técnicos que sustenten esta condición para la Caja.
Cuando se le consultó a la diputada si contaba con apoyo del oficialismo, dijo que el plan se aprueba con 29 votos, al tiempo que instó a sus compañeros a estudiar el texto.
Para someter un proyecto a consulta constitucional, se requiere de al menos diez firmas de diputados.
Este plan del ROP conllevía una modificación relevante porque actualmente es la Junta Directiva de la CCSS la que, mediante un acuerdo reglamentario y con fundamentos técnicos, establece los requisitos de jubilación del IVM.
La ley de la institución autónoma no dicta los parámetros de jubilación.
“Solo por la autonomía de la Caja, la institución puede hacerlo (reformar los requisitos de jubilación) y justificado por estudios actuariales”, dijo la semana pasada Jaime Barrantes, gerente de pensiones de la CCSS.
