El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) manifestó este jueves que no existe ninguna prohibición para que los candidatos presidenciales puedan presentarse en las actividades públicas del gobierno.
Sin embargo, advirtió que la presencia de aspirantes a la Presidencia de la República en actividades gubernamentales pueden comprometer indebidamente a los funcionarios públicos que organizan o dirigen esos actos.
Los magistrados electorales puntualizaron que, si bien los candidatos pueden asistir a ese tipo de actos, no pueden hacer proselitismo, por ese riesgo de comprometer a los empleados públicos.
“Las personas funcionarias deben garantizar una actitud temperante y neutral frente a esa presencia de candidatos o candidatas en dichos actos. Cualquier manifestación de simpatía o antipatía para con quien contiende por un cargo de elección podría acarrearle al respectivo funcionario varios tipos responsabilidad, dentro de los que se encuentra la electoral (por beligerancia política)”, resolvió el Tribunal de Elecciones.
Así lo explicó el órgano electoral al resolver un recurso de amparo electoral interpuesto contra la aspirante presidencial chavista, Laura Fernández, y contra el Partido Pueblo Soberano.
El 30 de setiembre pasado, Rocío Ramírez Varela, dirigente del Foro Nacional de la Vivienda, increpó a la candidata presidencial por asistir a la sesión solemne del Consejo de Gobierno, en la ciudad de Puntarenas.
En aquel momento, Ramírez acusó a la exministra Fernández de usar recursos públicos para campaña electoral y la candidata presidencial chavista respondió que si le iban a poner una mordaza.
En la resolución 7138-E1-2025, los magistrados rechazaron el recurso presentado contra la exministra de la Presidencia, pues señalaron que es lícito que las diferentes candidaturas presidenciales puedan vincular sus discursos con grupos que están ejerciendo el poder ejecutivo o que lo han ejercido en el pasado.
También, indicaron los magistrados electorales que los aspirantes presidenciales pueden valerse de lo que entienden como buenas actuaciones de los funcionarios públicos con los que han compartido bandera política.
Actos no pueden prestarse para tener rédito
Según el criterio del órgano electoral, la asistencia de candidaturas a actividades organizadas por el gobierno no pueden ser una excusa ni un medio velado para que los funcionarios desatiendan su deber constitucional de imparcialidad electoral.
Las actividades gubernamentales no pueden prestarse para que los aspirantes a puestos de elección popular obtengan réditos por esa cercanía y realicen acciones que puedan interpretarse como afinidad política.
“De darse esa situación, las personas funcionarias se exponen a denuncias por beligerancia política, así como a otro tipo de sanciones administrativas por mal uso de fondos públicos”, alertó el TSE.
Precisamente por ello, los jueces electorales puntualizaron que los jerarcas de gobierno que presidan un acto público, así como los funcionarios que planifiquen, organicen, vigilen o ejecuten el evento, deben tomar las medidas necesarias para garantizar que las actividades “no se conviertan en una plataforma de visibilización de un grupo político”.
Aunque los candidatos, sean presidenciales o diputadiles, pueden hablar en su propaganda de lo que consideran buenas actuaciones desde el poder político, no es legítimo que lo hagan en medio de una actividad organizada por el gobierno.
