Columnistas

Estándares de la Corte-IDH y la protección de niños y adolescentes

La influencia de los precedentes establecidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en las resoluciones judiciales ha sido altamente significativa

Carlos Tiffer.
Carlos Tiffer.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH), como tribunal internacional en la materia en nuestra región —pues existen homólogos en Europa y África—, recientemente cumplió 45 años de funcionamiento, lo que constituye un motivo oportuno para reflexionar sobre la relevancia institucional, jurídica y social que tiene en nuestro continente.

La Corte-IDH ostenta, fundamentalmente, cuatro funciones: dictado de medidas provisionales, competencia consultiva, resolución de casos contenciosos y supervisión de la ejecución de las sentencias dictadas. En todas estas funciones, sus pronunciamientos han sido de gran trascendencia para la protección de los derechos humanos en nuestra región, especialmente para las personas más vulnerables, como las poblaciones originarias, los niños y adolescentes, las mujeres y los defensores de los derechos humanos, entre otros.

Sus pronunciamientos son de especial utilidad en los países que han aceptado su jurisdicción, tanto en la aplicación del derecho interno como en las reformas legales de los sistemas jurídicos. Por ejemplo, en nuestro país existen diferentes proyectos de ley relacionados con la población menor de edad infractora de la ley penal, a la cual se le pretende aplicar la Ley Contra la Delincuencia Organizada o juzgar como adultos, o bien aplicarles criterios y plazos de la justicia penal de adultos a los adolescentes.

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