Con uno de los aumentos más bajos de los últimos años, el salario base para fijar sanciones financieras quedó para el 2015 en ¢403.400.

Ese monto es solo ¢4.000 más que el utilizado en el 2014, que fue de ¢399.400. Tal incremento contrasta con los ajustes realizados en los últimos años.
Por ejemplo, en el 2013 estaba en ¢379.400 y para el año siguiente tuvo un crecimiento de ¢20.000.
Se denomina salario base al correspondiente al oficinista 1 que aparece en la Ley de Presupuesto Ordinario de la República, según quedó establecido en 1993, mediante ley 7.337 (la que crea el concepto de salario base para delitos especiales del Código Penal).
Cada año, la cifra correspondiente la fija el Consejo Superior del Poder Judicial. Esta vez, se hizo en la sesión 106-14, celebrada el 9 de diciembre del 2014.
Se aplicará a partir del 1.° de enero del 2015 para fijar las penas por la comisión de delitos regulados por el Código Penal como hurto agravado, robo simple, estafa, omisión de auxilio e incumplimiento del deber alimentario.

El hurto simple, por citar un caso, se sanciona con prisión de uno a tres años si el valor de lo sustraído no excede cinco veces el salario base, y de uno a 10 años si fuere superior a esa suma. Así lo señala el artículo 209 del Código Penal. También el salario base se utiliza para establecer el impuesto a las sociedades anónimas, que se paga en enero. Este corresponderá al 50%.
Asimismo, las faltas, acciones u omisiones señaladas por el Código de Trabajo se castigan con multas a partir del salario base.
El monto regirá durante el año siguiente, aun cuando el salario tomado en consideración sea modificado durante ese periodo.
