Si usted es una de esas personas que planifica cómo invertir su aguinaldo, pero este año le suspendieron el contrato o le redujeron la jornada de forma temporal, tome en cuenta, de una vez, que recibirá menos dinero en comparación con años anteriores.
De ahí la necesidad de que tome previsiones, si pretendía cancelar deudas, pagar marchamos, comprar regalos, o bien, realizar pequeñas inversiones o ahorros.
Tanto la reducción de la jornada laboral como la suspensión del contrato, habilitadas por la pandemia del nuevo coronavirus, debilitan el cálculo del decimotercer salario, al cual tienen derecho los asalariados.
Recuerde que, para definir el monto del aguinaldo en el sector privado, usted debe sumar los salarios ordinarios y extraordinarios (bonos, horas extra, feriados trabajados) sin rebajas, que percibió desde el 1.° de diciembre hasta el 30 de noviembre.
Ese resultado, dividido entre 12, corresponde al monto que usted debe recibir por ese derecho salarial.
Esto significa que, si le redujeron la jornada o suspendieron el contrato, consecuentemente el resultado va a ser menor.
Si su patrono le entregó ayuda económica mientras enfrentaba la reducción o suspensión de su salario, ese monto no debe contemplarse como sueldo, sino que se trata de una contribución económica solidaria, por lo que no tiene efectos sobre el salario o la seguridad social.
A continuación, un ejemplo muy simple para valorar lo que sucede en diferentes escenarios.
Un trabajador con un salario de ¢800.000 mensuales.
Si esa persona trabajó ininterrumpidamente a tiempo completo de noviembre de 2019 a diciembre de 2020, recibirá de aguinaldo ¢800.000.
Este cálculo, al ser un ejemplo simple para su fácil entendimiento, no considera posibles pagos por horas extra, bonos o feriados laborados.
Si a esa persona le redujeron la jornada al 50% por tres meses, su aguinaldo sería de ¢700.000.
Si por el contrario, le suspendieron el contrato por tres meses, ese trabajador recibiría ¢600.000.
Otro ejemplo rápido de un colaborador que gana ¢500.000 mensuales.
Su aguinaldo será de ¢500.000 si trabajó ininterrumpidamente los 12 meses, de ¢437.500 si laboró tres meses con una reducción de 50% de la jornada, y de ¢375.000 si le suspendieron el contrato por ese mismo periodo.
Si usted desea proyectar un estimado de su aguinaldo, puede apuntar en una hoja los meses comprendidos entre diciembre de 2019 y noviembre de 2020 y, a la par de esos meses, apuntar lo que percibió de salario, y lo que piensa que podría recibir en los meses siguientes. Sumar el resultado y dividirlo entre 12.
Ese ejercicio le permitirá tener un estimado de lo que recibiría de aguinaldo y así hacer ajustes, como ahorros en los meses venideros, para poder sufragar todos los gastos previstos para fin de año.
De acuerdo con datos del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), a unos 64.000 empleados se les ha suspendido el contrato de forma temporal, mientras que a otras 148.000 se les redujo su jornada en algún porcentaje.