El Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) se libró, definitivamente, de una multa de ¢2.157 millones que le había impuesto la Sutel por realizar supuestas prácticas monopolísticas anticompetitivas durante los años 2011 y 2012.
Así lo ratificó el Tribunal de Casación de lo Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, luego de rechazar un recurso interpuesto por la Superintendencia de Telecomunicaciones (Sutel), coadyuvado por la empresa Telefónica de Costa Rica.
Lo resuelto le fue notificado al ICE el 7 de marzo anterior, según lo consignó esta tarde la empresa de telecomunicaciones en un comunicado.
El caso se refiere a una promoción del ICE denominada ‘Chip Extremo’ en el servicio de telefonía móvil prepago, la cual se mantuvo por un período de dos años. Sin embargo, tuvo efectos anticompetitivos durante cuatro meses (noviembre y diciembre de 2011, así como octubre y noviembre de 2012).
Sutel elevó el asunto a Casación, pues estaba en desacuerdo con lo resuelto en primera instancia por el Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, del 10 de noviembre de 2017.
En aquel momento, los jueces anularon la resolución del Consejo de SUTEL número RCS-088-2015, tomada en la sesión extraordinaria 026-2015, del 22 de mayo de 2015, mediante la cual se imponía una sanción económica al ICE por presuntas prácticas anticompetitivas.
En última instancia, Casación rechazó el reclamo de Sutel y reiteró “que lo realizado por el ICE no constituyó una práctica anticompetitiva de precios predatorios, no fue un acto deliberado que tuviera como fin procurar la salida de operadores o proveedores del mercado ni implicó un obstáculo para su entrada”, indica el comunicado del ICE.
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Jaime Palermo, director corporativo de Telecomunicaciones y gerente general a. i. del ICE, manifestó que “el objetivo al acudir a los tribunales fue corregir la situación de inseguridad jurídica y trato discriminatorio que se le estaba dando al ICE con la sanción planteada por la Sutel en el 2015”.
“La resolución es de gran relevancia para la competencia en el mercado de telecomunicaciones, especialmente en el contexto actual, en el que han sido declarados en competencia efectiva 10 mercados. Es el mismo Tribunal de Casación el que confirma la posibilidad de continuar con ofertas en beneficio de nuestros clientes”, aseveró Palermo.
El ICE añade que el tribunal, en primera instancia, determinó que existieron vicios de nulidad absoluta en el acto administrativo de la Sutel por violaciones al derecho de debida defensa del ICE y por falta de motivación, tanto en su fundamento técnico como jurídico, lo cual fue confirmado por el Tribunal de Casación.
Con esta resolución, queda cerrado el caso, y se confirma que las promociones realizadas por el ICE en 2011 se hicieron en el marco de las prácticas comerciales usuales del mercado de telecomunicaciones, dirigidas únicamente al beneficio de su cartera de clientes, y no con la intención de excluir o impedir la entrada de sus competidores.