
Durante esta semana, la Sala IV acogió para estudio seis acciones de inconstitucionalidad más, contra beneficios incluidos en convenciones colectivas, en su mayoría, de municipalidades.
Se tratan de gestiones interpuestas por el exdiputado Otto Guevara, contra artículos de los acuerdos laborales de los ayuntamientos de Curridabat, Siquirres, Turrialba, Santa Ana, Santa Cruz y del Instituto Nacional de Seguros (INS).
Estos cuestionamientos se suman a otros 31 a los que desde el 2016 la Sala ha dado curso. Otros 11 que están pendientes de ser admitidos por el tribunal constitucional.
En el caso de la Municipalidad de Curridabat, por ejemplo, se impugnando dos artículos.
El 50 establece que el gobierno local tendrá que cancelar las prestaciones (preaviso y censantía), cuando cesen las funciones del trabajador, ya sea por supresión del cargo, jubilación, fallecimiento, despido con responsabilidad patronal o renuncia.
En todos esos casos, el funcionario tendrá derecho a una indemnización de un mes de salario por cada año de servicio prestados, sin límite. Ese dinero tendrá que pagarse en un periodo no mayor a los 15 días (a excepción de los casos de renuncia voluntaria).
Entretanto, el artículo 51 indica que el trabajador recibirá el pago de cesantía en razón de un mes de salario por cada año de servicio; aquellos que laboraron de uno a cinco años el porcentaje será del 90% y de cinco años y un día en adelante, del 100%.
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En el caso del INS la norma impugnada es la 160 y también tiene que ver con el pago de cesantía.
Guevara también busca que se deje sin efecto el artículo 46 de la convención del Ayuntamiento de Siquirres, según el cual: “La Municipalidad reconocerá el derecho de cesantía a los trabajadores que hayan ingresado antes del año 2013 como un derecho real sin límite de tiempo, y a los trabajadores de nuevo ingreso al 2013 en adelante, solo se les reconocerá el derecho de cesantía con un tope de 20 años”, lo anterior, cuando renuncien voluntariamente o haya una supresión de la plaza.
En los casos de las municipalidades de Siquirres (artículo 46), Turrialba (artículo 60), Santa Ana (artículo 53) y Santa Cruz (artículo 44), las impugnaciones también son sobre el pago de cesantía.
Las convenciones colectivas son acuerdos logrados entre las instituciones y sindicatos. Muchas de ellas han sido calificadas de abusivas. De hecho, en mayo anterior, el presidente Carlos Alvarado ordenó renegociar todas las convenciones colectivas, como parte de las medidas para contener el gasto público.
