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Sala condena a la Caja por reducir licencia de maternidad a vecina de Acosta

A la mujer se le había adelantado dicha licencia antes del parto, pero, según el Tribunal, eso no implica que se le recorten los tres meses de permiso a los que tiene derecho luego del nacimiento

11/7/2019. San José. Edificio de la Caja Costarricense del Seguro Social. Nueva escultura en el lobby de la CCSS, "Maternidad" del escultor Nestor Zeledon Guzmán. Técnica:  Talla directa sobre madera de Guanacaste. Foto Jeffrey Zamora
11/7/2019. San José. Edificio de la Caja Costarricense del Seguro Social. Nueva escultura en el lobby de la CCSS, "Maternidad" del escultor Nestor Zeledon Guzmán. Técnica: Talla directa sobre madera de Guanacaste. Foto Jeffrey Zamora
La CCSS fue condenada por no otorgar completos los tres meses de licencia posterior al parto. En la imagen, las instalaciones de la entidad, en su sede central en San José. Foto Jeffrey Zamora

La Sala IV declaró con lugar un recurso de amparo interpuesto por una vecina de Acosta, San José, a quien la CCSS redujo la licencia de maternidad posterior al parto, porque a ella se le había adelantado antes del nacimiento del bebé.

Según la Sala, el ordenamiento jurídico no prevé tal alternativa de “adelantar” la licencia, menos aún cuando existen otras opciones, como conferir una incapacidad a la madre si la protección al derecho a la salud lo justifica.

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