Los conductores que no usen el cinturón de seguridad podrán ser multados con ¢16.000, además de la correspondiente retirada de puntos.
Así lo informó el Consejo de Seguridad Vial (Cosevi), con base en la sentencia de la Sala IV que, en mayo, declaró inconstitucional el monto de la multa por no uso del cinturón vigente en la actual ley de tránsito 8696, y que era de ¢316.000.
No obstante, el alto tribunal aclaró en el fallo completo que “en el sentido de cuando se declara inconstitucional una norma que modifica otra, el efecto de esa declaratoria hace que la norma derogada recobre su vigencia, y con el fin de evitar graves dislocaciones de la seguridad, la justicia y la paz social, se tiene por vigente el monto de la multa que se aplicaba antes de la promulgación del monto de la multa anulada”.
Según aclaró a La Nación Silvia Bolaños, directora del Cosevi, esto supondrá a partir de ahora una sanción aproximada de ¢16.000, tal y como establece la normativa del 2004. El cobro comenzará a realizarse a partir de la publicación de la sentencia.
“La Sala dimensionó el efecto que podría tener en la sociedad mandarle un mal mensaje al no establecer una multa (...) y esto de alguna manera u otra permite que la gente ahora comprenda que si no lo utiliza, además de los 20 puntos, también les vamos a cobrar un monto de dinero”, dijo Bolaños.
No retroactiva. En su fallo, la Sala Constitucional estableció, además, que la declaratoria de inconstitucionalidad no tiene carácter retroactivo para las sanciones anteriores a la sentencia, del 27 de mayo del 2011.
Así, las multas que quedaron en firme y que no fueron impugnadas por los usuarios deben ser canceladas por el monto original.
Para las infracciones por no uso del cinturón que quedaron en firme en sede administrativa o que fueron canceladas, el Cosevi no está en la obligación de devolver el dinero.
Por último, cuando se trate de infracciones impugnadas hasta el momento en que se interpuso la acción de inconstitucionalidad, si se resuelve que no procede la apelación, los conductores deberán cancelarlas de acuerdo con la normativa que regía en el 2004.