Imagine esta pesadilla: usted se sobregiró varios millones en su tarjeta de crédito hasta verse forzado a tomar un préstamo para pagar la deuda. Por precaución, va al banco a cerrar esa tarjeta y hasta le destruyen ese plástico frente a usted, sin embargo, a los años, llegan a cobrarle de nuevo.
En este mal sueño, usted asegura que ya pagó, pero sus palabras no importan al carecer de un respaldo legal para librarse del nuevo cobro o posibles embargos sobre sus ingresos o bienes.
No obstante, un papel puede evitarle esta pesadilla (y nuevas noches de desvelo) al cerrar una tarjeta de crédito en momentos cuando la crisis económica por la covid-19 tiene a emisores de tarjetas y usuarios negociando arreglos de pago.
El papel en cuestión es la carta de descarte o carta de finiquito, un documento mediante el cual legalmente se da por concluida la relación entre un acreedor y un deudor; se suscribe, precisamente, para dejar una constancia incontrovertible de que ya no existe una deuda.
En el caso de las tarjetas de crédito, es el comprobante por el cual el emisor de la tarjeta confirma la terminación del contrato firmado cuando se entregó el plástico.
Más allá de su simbolismo, destruir un trozo de plástico con una banda magnética no tiene valor legal alguno, pues el cierre efectivo de este instrumento de préstamo depende de liquidar el contrato. Punto.
Si esa persona paga su deuda y cancela la tarjeta sin solicitar la carta de descarte o carta de finiquito de ese contrato, este sigue vigente.
De ser así, la persona corre así riesgo de que un emisor asuma el pago de la deuda por la cual se cierra la tarjeta como un abono, mientras siguen generándose intereses del contrato que seguirá vivo hasta su fecha de vencimiento. Será en ese momento cuando el emisor del plástico se aparecerá de nuevo a cobrar.
Pueden pasar años mientras esto ocurre.
Adriana Rojas Rivero, abogada y fundadora de la Asociación Pro Defensa de Consumidores Financieros y Afines (Aprodeco), relata que tuvo un caso de un cliente que debía ¢7 millones en la tarjeta de crédito que pagó con un préstamo en el mismo banco.
Sin embargo, al cerrar la tarjeta de crédito, solo le rompieron el plástico frente a él y nunca solicitó el documento descarte, ni tampoco guardó el último estado de cuenta con la deuda ya pagada de esa tarjeta.
“¡Diay!, ¿qué pasó?, que a los años, cuando se venció el pagaré que originó esa tarjeta de crédito, el banco llegó y le embargó el carro y el salario por la misma deuda y él no tenía cómo probar que ya había cancelado”, explicó Rojas Rivero.
Según la abogado, estos casos son comunes.
Derecho casi desconocido
Danilo Montero, director de la Oficina del Consumidor Financiero, recordó que solicitar ese documento es un derecho de los tarjetahabientes.
“El problema es que casi nadie pide la carta de descarte porque desconocen su importancia y necesidad. A mi parecer, del 100% de personas que cierran una tarjeta de crédito, si acaso 1% repara en este detalle. Además, es un trámite que requiere seguimiento porque los emisores de tarjeta se toman semanas en emitirla, según se los permite la ley”, explicó.
Para Montero, quien cierre una tarjeta de crédito o un préstamo vinculado a una, debe extremar cuidados en este momento, cuando podría ser más común que ocurran errores de registro por arreglos de pago, debido al aumento en este tipo de trámites.
“Antes de la pandemia, un banco podía atender dos o tres arreglos de pago al mes, ahora deben ser decenas por semana, de forma que ahora tiene más sentido dejarse una carta de descarte de una tarjeta de crédito cuando se cierra una deuda vinculada a ese instrumento”, advirtió.
Montero y Rojas coinciden en que, al cancelar la tarjeta, porque recién se paga una deuda derivada de esta u otra razón, siempre debe respaldarse que la cuenta cerró en cero y la forma más segura es la carta finiquito que, además, debe guardarse en un lugar seguro por varios años.
En este tiempo de crisis económica profunda, a las personas se les dificulta el pago de sus deudas de crédito, recordó el economista, estadístico y profesor de la Universidad de Costa Rica (UCR), Juan Muñoz Giró.
El docente reconoce los esfuerzos de las autoridades de regulación financiera, bancos, y cooperativas para facilitar las condiciones y dar prórrogas. Sin embargo, recuerda que llegará el momento de honrar esas deudas y ahí es cuando hay que extremar los cuidados; más si es deuda con tarjeta de crédito.
Muñoz recomienda en este tipo de endeudamiento refundir en una sola todas las operaciones de crédito para ganar mayor control sobre su endeudamiento y de inmediato eliminar la tarjeta de crédito.
“Cuando la elimine, pida la carta de descarte y no descuide el trámite. Si no lo hace, el contrato seguirá vigente y ha sucedido que el emisor de la tarjeta seguiría devengando los intereses por una deuda que, si bien fue refundida, podría mantenerse vigente sin que la persona lo sepa”, explicó.