Salud

Morosos con CCSS solo podrán ser atendidos en emergencias

El centro médico tiene la potestad de negar la prestación del servicio mientras no se efectúe el pago de la deuda, afirma la sentencia constitucional 2014-8680

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Quienes estén morosos con la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) no podrán recibir atención en salud mientras no sea cancelada la deuda, según resolvió la Sala Constitucional.








Ángela Ávalos Rodríguez

Ángela Ávalos Rodríguez

Ingresó a La Nación en 1993. Cubre salud. Graduada de la UCR, máster de la Universidad Complutense, con formación en CDC y NIH, entre otros. Redactora del Año de La Nación 1998, premio SIP 1997, Premio Nacional de Periodismo de Salud OPS 2002, Premio Cámara Costarricense de la Salud 2022. Coautora de Comunicación, palanca para la acción en salud.

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